REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en función de juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui
Barcelona, 2 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2010-000451
ASUNTO : BP01-D-2010-000451
LIBERTAD POR CUMPLIMIENTO DE FIANZA
En fecha 19 de Junio del 2010, la Representante de la Fiscalia Decimaséptima del Ministerio Público puso a disposición del Tribunal de Control Nº 1 Sección de Adolescentes de este Circuito judicial Penal, al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, como COAUTOR en la presunta comisión del delito de ROBO AGARVADO, previsto en el articulo 458 del Código penal en concordancia con el articulo 83 Ejusdem cometido en perjuicio de la ciudadana GISELA YANETH GUERRERO solicitando se le imponga como , la Medida cautelar Presentación de Fianza Personal de dos personas idóneas de conformidad con el artículo 582 literal “g” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
En fecha 19 de Junio del 2010, el Tribunal de Control Nº 1 Sección de Adolescentes de este Circuito judicial Penal, impuso al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, como Medida cautelar Presentación de Fianza Personal de dos personas idóneas de conformidad con el artículo 582 literal “g” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
En fecha 2 de Julio del 2010, los ciudadanos TABARE SUAREZ MAXIMILANO, titular de la cedula de identidad nº 15.797.843, Venezolano, Soltero, Mayor de edad, residenciado Clarines, El paraíso, calle 2, casa sin número, teléfono 0416-8818945, trabajando actualmente en una cauchera de nombre Super Cauchos Clarines, ubicada en la carretera La Costa, y TABARE SUAREZ JOSE ANTONIO, titular de la cedula de identidad nº 14.295.497, Venezolano, Soltero, Mayor de edad, residenciado en Clarines, Sector El paraíso, calle 3, casa sin número, teléfonos 0414-8079426, trabajando actualmente en: Estación de Servicio Los Canarios, ubicada en Salida de Clarines, carretera Nacional, se constituyeron como fiadores del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Ahora bien cumplida como ha sido con la formalidad requerida por la medida cautelar impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, valga decir, la presentación como fiadores de los ciudadanos TABARE SUAREZ MAXIMILANO y TABARE SUAREZ JOSE ANTONIO y asumida como ha sido las obligaciones que contraen como fiadores del prenombrado adolescente en consecuencia se ordena la LIBERTAD del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la cual se hará efectiva una vez el mismo sea impuesto de la presente Resolución.
DISPOSITIVA
Por lo razonamientos antes expresados, Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley ORDENA la LIBERTAD del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA,. Por cumplimiento de la medida de presentación de fianza personal. Notifíquese de la presente Resolución y una vez impuesta de la misma al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA; líbrese la correspondiente boleta de LIBERTAD, en consecuencia se ordena el traslado del prenombrado adolescente hasta la sede de este Despacho, para el día de hoy. Cúmplase.
EL JUEZ DE JUICIO
ABOG. CARLOTA SERRANO RIVAS.
LA SECRETARIA
ABOG MAURA FLANNERY