REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de julio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-F-2008-000001
Vista la Transacción celebrada entre las partes, en el escrito presentado en fecha 07 de julio de 2.010, donde la demandante, ciudadana BERQUIZ MARÍA MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.748.633, domiciliada en Santa Ana, Estado Anzoátegui, actuando en representación de su hija ANA BELKYS ADRIANA ALVAREZ MARTINEZ, (Impedida), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 16.063.857, se encuentra debidamente asistida por el abogado en ejercicio RAMÓM TIBERIO MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.694; y el ciudadano IVAN RAMÓN ALVAREZ GUZMAN, titular de la cédula de identidad Nº 4.216.209, en su carácter de demandado, se encuentra debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSÉ GREGORIO ALVAREZ GUZMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.661, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA dicha TRANSACCIÓN en la misma forma, términos y condiciones por ellos establecidos. En consecuencia, se suspenden las Medidas Cautelares y de Embargo preventivo, decretadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en el Tigre, en fecha 06 de agosto de 2007; y se acuerda oficiar lo conducente al Gerente de Recursos Humanos de la Empresa PDVSA PETROLEO, ubicada en Guaraguao, Puerto la Cruz Estado Anzoátegui.- Asimismo se acuerda oficiar al Gerente del Banco Bicentenario, Banco Universal, (Banfoandes), a fin de que se sirva hacerle entrega inmediata a la ciudadana BERQUIZ MARÍA MARTINEZ, antes identificada, la totalidad de las cantidades de dinero que se encuentran depositadas en esa Entidad Bancaria en la Cuenta de Ahorros Nº 0007-0088-60-0060207504.- Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez Temporal, La Secretaria

Dr. Alfredo José Peña Abog. Judith Milena Moreno
AP/air.-