REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ


Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, uno de julio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-000099
ASUNTO: BP12-S-2010-000099

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ENRIQUETA SILVIA PARIS DE CLARK, mayor de edad, venezolana Titular de la Cédula de Identidad Nº 1.308.100,domiciliada en el Sector Pueblo Norte Segunda Carrera Norte Nº 208, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por la abogada ADRIANA PITTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 137.910 donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Sector Pueblo Nuevo Norte, Segunda Carrera Norte Nº 208,de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que consta de DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (250M2).Cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Segunda Carrera Norte que es su frente y casa que es o fue de Amelia de Fernández, con terreno Municipal midiendo Diez metros (10.00Mts),SUR: Casa que es o fue de la familia Valero, midiendo Nueve metros con Ochenta Centímetros,(9.80Mts),ESTE: Con Terreno Municipal midiendo Veintisiete metros con Setenta y Cinco Centímetros,(27.75Mts),OESTE: Con Ramón Tamoy, midiendo Veintisiete metros con Setenta y Cinco Centímetros,(27.75Mts).Dichas bienhechurías están constituidas por una casa de paredes de bloques de cemento, piso de cemento, techo de zinc, ventanas y puertas de hierro, la cual consta de Tres (3) habitaciones, Una (1) Sala-Comedor, Una (1) Cocina, y Tres (3) Baños.-En dicha construcción he invertido la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (BSF.25.000,00), equivalente a CUATRO CIENTAS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS (454,545 UT) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: MARIA HELENITZA DEL VALLE FAULL DE CASTILLO CARLOS ENRIQUE FAULL FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: v-8.463.355, V-8.473.422, respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana ENRIQUETA SILVIA PARIS DECLARK, ya identificada en las bienhechurías antes descritas en la presente solicitud.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA

Se devuelven constante de ( ) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA,