REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE.
El Tigre, 15 de Julio de 2010
200° Y 151°
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-001255
ASUNTO: BP12-S-2010-001255
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: NOHENDRYS EMPERATRIZ ORTIZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.391.473, domiciliada en la Calle 17 de Diciembre casa Nº 19-A del Sector 17 de Diciembre, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por la ciudadana abogada FANNY VELASQUEZ GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V-8.974.336, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.363, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre unas bienhechurías que fomento a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicado en una extensión de Terreno la domiciliada en la Calle 17 de Diciembre casa Nº 19-A del Sector 17 de Diciembre, en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Calle 17 De Diciembre, midiendo Doce metros con Ocho centímetro (12,08 Mts); SUR; Con Terrenos que son o fueron propiedad de Celma, midiendo, Trece metros (13.00 Mts); ESTE: Propiedad que es o fue de Pablo Brito, midiendo Treinta y Un metros (31.00 Mts) y; OESTE: Propiedad que es o fue de Wolfang Brito, midiendo, Veintinueve metros con Cuarenta centímetros (29.40 Mts) y una extensión de Terreno propiedad del Municipio Simón Rodríguez, que mide un total de TRECIENTOS METROS CUADRADOS (300 MTS2), y siendo su área de construcción de OCHENTA Y SEIS METROS CON VEINTE CENTÍMETROS (86.20 Mts). He fomentado y Construido unas Bienhechurías, Una (1) Vivienda Unifamiliar, Tipo casa, de uso permanente, construidas de paredes de bloques de cemento, piso de cerámica, Puertas y Ventanas la misma consta de: Tres (3) Habitación, Dos (2) baño, Una (1) Cocina, Una (1) Sala y Un (1) Comedor. El valor invertido es la cantidad de CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.130.000,00), equivalente a DOSCIENTAS UNIDADES TRIBUTARIAS (1385 UT) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos MARCANO GASPAR LUIS JOSE y BELISARIO ROJAS YUSBELIS DEL CARMEN, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce por la ciudadana: NOHENDRYS EMPERATRIZ ORTIZ HERNANDEZ ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA
Se devuelven constante de Once (11) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA