REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, seis de julio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-002975
ASUNTO: BP12-S-2009-002975



Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano LUIS EDUARDO BRICEÑO CACERES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.463.178, domiciliado en El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado LUIS R. RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.830, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas maquinarias que poseen las siguientes características: UNA (1) Empacadora SPERRY NEW HOLLAN, MODELO: 273, SERIAL: 286718, Valorada en DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10,000,00); UNA (1) Repicadora, MARCA: NEW HOLLAN; MODELO: 708; SERIAL: 3116097, Valorada en DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00); UN (1) Tractor con un complemento de Rastra de Dieciséis ( Discos; 16), MODELO: 2030; CODIGO 203SA; SERIAL: 2960031; valorado en VEINTICINO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,00); UN (1) Equipo de transportación denominado ”Zorra”, MODELO: IND IMAI, C.A, MG 88; SERIAL: 028; valorado en CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00); UNA (1) Guadaña para picar pasto, MODELO: FREDERICH; SERIAL: 6318; Valorado en CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00); UNA (1) Planta Lister N° 1977 HR3-A27, HP 37,50,RPM 1.800, Valorada en TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00); UNA (1) Abonadora de Hilo; Serial 88-198, Valorada en TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00), UNA (1) Abonadora de Trompo; SERIE 75131-65150; Valorada en TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00), Asimismo factura N° 001083, contentiva a la fabricación de un Rolo Argentino así como la fabricación de una Rotativa, por un monto de TRES MIL VEINTICUATRO BOLIVARES (Bs. 3.024,00).- El consto aproximado de las referidas Maquinarias Agrícolas es la cantidad de SESENTA Y SIETE MIL VEINTICUATRO BOLIVARES (Bs. 67.024,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos: JOSE LIONEL GONZALEZ y GENARA AURELIA UGAS DE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-3,945.531 y V-8.459.001, respectivamente.- Asimismo, visto el resultado de la experticia practicada a las referidas Maquinarias Agrícolas por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub-Delegación El Tigre, Estado Anzoátegui, y por el Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito Terrestre, de la Zona Sur, del Estado Anzoátegui, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano LUIS EDUARDO BRICEÑO CACERES, plenamente identificado sobre las Maquinarias Agrícolas antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-

LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.-
















Constante de Treinta (30) folios útiles se devuelve original con sus resultas al interesado.- Conste.-

LA SECRETARIA,


Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.-