REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de julio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-L-2008-001168
MONTO: Bs. F. 4.000,OO
PARTE ACTORA: JOSE MIGUEL RODRIGUEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 2.796.440.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: FERNANDO VALERO BORRAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 82.987.
PARTES DEMANDADAS: A la empresa VENTRASALDI C.A, y a las personas CESAR LUIS LANZA LOPEZ y GLENDY BAUTISTA LANZA LOPEZ.
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADAS: El abogado JUAN CHINA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 77.520.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA
Hoy, veintiocho (28) de Julio del 2010, siendo las once treinta de la mañana (11:30p.m), comparecen por ante este Despacho los interlocutores sociales plenamente identificados en el encabezamiento de la presente acta y le dieron inicio a la prolongación de la audiencia pautada para el día de hoy; luego sus deliberaciones le manifestaron al Tribunal que habían llegado a un arreglo a través del medio de auto composición procesal denominado Transacción Laboral, la cual la presentan al despacho en los términos siguientes: Interviene la representación empresarial y expuso: Ofrezco como pago único total y definitivo para satisfacer todos los conceptos demandados y cualquiera otro derivado de la relación de trabajo que el accionante alega haber tenido con mis representadas, la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F 4.000)., los cuales serán cancelados a través de cheque N° 07363127 del Banco SOFITASA, a favor del trabajador, de fecha 28-07-2010,el cual, consigno en este acto. Es todo. De igual forma intervino la representación del trabajador y este y expusieron: Acepto la cantidad ofertada por la parte accionada en todo y cada uno de los términos realizados no teniendo más nada que reclamar ni por estos ni por ningún otro concepto que pudo o pudieran derivarse de la relación laboral que me unió a las demandadas. Ahora bien Vista la TRANSACCION a la que han llegado las partes en la presente causa; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Se ordena la devolución de las pruebas. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los veintiocho (28) días del mes de Julio del dos mil diez (2010).
El Juez,
Abg. Ángel G. Parra
La Secretaria,
Abg. Ysbeth Milagro Ramirez
Los Presentes,
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