REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintitrés de julio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: BP02-S-2009-003084

La suscrita Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Niños, Niñas y Adolescentes, SE ABOCA al conocimiento de la presente solicitud. Y vista la Solicitud de DECLARACION DE UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por los ciudadanos DAVID JESUS PARAZUELA TOVAR, SAMUEL JESUS PARAZUELA TOVAR, ERIC ANTONIO MAITA TOVAR, ESTER MARIA PARAZUELA TOVAR, ERIKA DEL CARMEN MAITA TOVAR, NAEL DE JESUS MAITA TOVAR, MARIELIS ROSARIO TOVAR, JESUS RAFAEL PARAZUELA Y (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , quienes son venezolanos, mayores de edad, los ocho primeros y la ultima de actualmente diecisiete (17) años de edad, debidamente representada en este acto por su padre el ciudadano JESUS RAFAEL PARAZUELA; siendo los mismos titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-19:490.038, 19.490.037, 12.504.312, 17.787.389, 12.254.607, 13.788.249, 14.553.749, 4.005.659 y 21.329,049 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio MARIA JOSE AMAIZ SUBERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.832, quienes actúan en su propio nombre y en representación el ciudadano JESUS RAFAEL PARAZUELA de su hija la adolescente de autos y quien fuera el cónyuge de la difunta. En el cual solicitan que se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Ciudadana MARIA ROSARIO TOVAR TABATA, (difunta), quien era venezolana, mayor de edad y titular de la de Cédula de Identidad V-4.508.711, y visto los recaudos acompañados a la solicitud, tales como original del Acta de Defunción de la ciudadana: MARIA ROSARIO TOVAR TABATA, original del Acta de Matrimonio, originales de las Partidas de Nacimientos de los hermanos de autos, y las Declaraciones de los Testigos, ciudadanos: MARIA ANGELICA FERNANDEZ DE MONROY y EDIOBERT JOSE CEDEÑO CARRILLO, de fecha 22 de julio de 2010, inserta a los folios treinta (30) y treinta y uno (31) del presente expediente y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus Atribuciones Legales conferidas en el Artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes actuaciones bastante para asegurarles a la adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y a los ciudadanos DAVID JESUS PARAZUELA TOVAR, SAMUEL JESUS PARAZUELA TOVAR, ERIC ANTONIO MAITA TOVAR, ESTER MARIA PARAZUELA TOVAR, ERIKA DEL CARMEN MAITA TOVAR, NAEL DE JESUS MAITA TOVAR, MARIELIS ROSARIO TOVAR, JESUS RAFAEL PARAZUELA, hijos y el ultimo el cónyuge, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA DE CUJUS, quedando a salvo los derechos de terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados.- Déjese copia en el libro diario que lleva este Tribunal.-
LA JUEZA PROVISORIO



DRA. SANTA SUSANA FIGUERA.-
LA SECRETARIA


ABOG. LISANDRA FUENTES