En el día de hoy, Lunes Veintiséis (26) de Julio de dos mil diez (2010), siendo las 02:30 PM, el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se trasladó y se constituyó por el tiempo que fuere necesario y de conformidad con lo solicitado, en la sede del Banco Mercantil, Banco Universal, ubicado en la Avenida Francisco de Miranda cruce con Avenida Wiston Churchill de la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, en compañía del Abogado en ejercicio RAFAEL HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.784, quien actúa como Apoderado Judicial del ciudadano: CARLOS ALBERTO YULIANI RODRÍGUEZ, a los fines de practicar la presente MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, la cual fue decretada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Ejecución y Mediación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, con número de Expediente en su Cuaderno Separado perteneciente al Tribunal de la causa Nª BP12-L-2005-000440, relacionada con el Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por el ciudadano: CARLOS ALBERTO YULIANI RODRÍGUEZ, en contra de las SOCIEDADES MERCANTILES APOYOMANT ETT, C.A y PETROLERA AMERIVEN, S.A. En éste estado el Tribunal procede a notificar a la ciudadana: SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ KOCH, titular de la cédula de identidad Nª (8.969.817) en su carácter de Gerente del referido Banco, de la misión del Tribunal. En éste estado el Tribunal le solicita a la notificada que informe si el número de cuenta (01050224101224005597) suministrado por el Tribunal, pertenece a la EMPRESA APOYOMANT ETT, C.A y el saldo disponible hasta la presente fecha. Seguidamente la notificada ciudadana: SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ KOCH, titular de la cédula de identidad Nª (8.969.817) en su carácter Gerente del Banco Mercantil, informa al Tribunal que la referida cuenta pertenece a ésta institución Bancaria Banco Mercantil, a nombre de la EMPRESA APOYOMANT ETT, C.A y, el monto disponible es de VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES, CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.29.569,34), es todo. En éste estado interviene el Apoderado Judicial de la parte actora y expone: “Señalo para ser embargado ejecutivamente la cantidad de VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.29.490,34), es todo”. Seguidamente el Tribunal visto el señalamiento del Apoderado Judicial de la parte actora, declara “EMBARGADO EJECUTIVAMENTE”, la cantidad de VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.29.490,34), e informa a la notificada, que las cantidades de dinero embargada, debe ser remitida al Tribunal de la causa, a saber: Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Ejecución y Mediación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, mediante Cheques de Gerencia, la cantidad de VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS, (Bs. 26.800,00) a nombre del ciudadano: CARLOS ALBERTO YULIANI RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 10.046.344, y la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS, (BS. 2.690,00), a nombre de la Licenciada SOLEIL RENDÓN, a la mayor brevedad posible, es todo”. En éste estado la notificada consigna cheque de gerencia a nombre de CARLOS ALBERTO YULIANI RODRÍGUEZ, por la cantidad de VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS, (Bs. 26.800,00, signado con el Nº 03105519 y cheque de gerencia Nº 25105520 a nombre de SOLEIL RENDÓN, por la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS, (BS. 2.690,00), es todo”. Siendo las (04:45 PM) el tribunal da por cumplida su misión y acuerda eñ regreso a su sede principal, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR, ABG. LUISA VILCHEZ GARCIA,
LA NOTIFICADA, SANDRA RODRÍGUEZ KOCH,
EL APODERADO JUDICIAL,
ABG. RAFAEL HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA TITULAR DE LA SALA, ABG. DAISY MARQUEZ YÁNEZ,
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