En horas de despacho del día de hoy Jueves ( 01 ) de Julio del dos mil diez, siendo la una y treinta (1:30) de la tarde, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui por la Juez, Dra. Ilmiflor Guevara Lista, la Secretaria Abogada Maury Fuentes Fariñas y la Alguacil Tamara Torres, en compañía y por indicación de la parte actora, Abogada ALEJANDRA MARGARITA CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro.139.033 a los fines de practicar una Medida Ejecutiva de Embargo decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria) sigue ALEJANDRA MARGARITA CHIRINOS RIVAS contra DRIFT DE VENEZUELA, S.A. Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora el Departamento Jurídico de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. ubicada en San Tomé, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui se notificó de su misión a la ciudadana FELICIA ZAMORA Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.897.049 de profesión Abogada e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 55.489, quien ocupa el cargo de Asesor Legal de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Me doy por notificada de la presente Medida Ejecutivamente de Embargo decretada por el Tribunal de la Causa. Seguidamente intervienen la parte actora Abogada ALEJANDRA MARGARITA CHIRINOS y expone: Solicitamos muy respetuosamente a este digno Tribunal Ejecutor de Medidas practique la Medida Ejecutivamente de Embargo decretada por el Tribunal de la causa sobre una cantidad de dinero liquida y exigible, crédito, acreencia existente a su favor la Empresa demandada DRIFT DE VENEZUELA S.A. que en meses anteriores fue Embargada Preventivamente y bloqueadas las cantidades de dinero en la Empresa PDVSA Petróleo S.A. hasta cubrir el monto de NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.975.500,OO ) que comprende la cantidad condenada. Seguidamente interviene la Asesora Legal de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Abogada FELICIA ZAMORA y expone: Me comunique vía telefónica al Departamento de Finanzas y me informaron que ya fue procesado en sistema, estamos en la espera de aprobación de propuesta de pago donde se encuentra sometido el monto para la realización del cheque. En este estado este Tribunal Ejecutor práctica la presente Medida Ejecutiva de Embargo en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que confiere la Ley contra la Empresa DRIF DE VENEZUELA hasta cubrir la cantidad NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.975.500,OO ) que comprende el monto demandado sobre las cantidades de dinero liquidas e exigibles, acreencias o contratos a favor de la parte demandada DRIFT DE VENEZUELA, S.A en la Empresa P.D.V.S.A Petróleo, S.A.. Una vez deducidas las cantidades de dinero deben ser remitidas mediante Cheque de Gerencia al Tribunal de la Causa Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Expediente BP12-M-2010-000011. Es todo. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Freites cumplida su misión declara cerrado el presente acto. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ EJECUTORA TEMPORAL


LA NOTIFICADA


LA PARTE ACTORA



LA SECRETARIA


LA ALGUACIL