REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dieciocho de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-003207
ASUNTO: BP12-S-2007-003207

Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.691.589, domiciliado en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre un vehículo automotor, que adquirió a expensas propias con dinero de su propio peculio, el cual reúne las siguientes características :CLASE: RUSTICO MARCA: JEEP, MODELO: CJ-7, COLOR: AZUL METALICO, SERIAL DE CARROCERIA: 0-04400, SERIAL DE MOTOR: 905-A-11, PLACAS: AEK-038, USO: PARTICULAR.-. El valor invertido es la cantidad de CUATROMIL BOLIVARES FUERTE (BS. 4.000,00) y cumplidos los requisitos ordenados en el auto de fecha 13 de marzo de 2008, así como las declaraciones de los testigos hábiles, mediante los cuales corroboradamente afirman acerca del cuestionario de preguntas a que se contrae la solicitud, así como las resultas de la inspección practicada por el Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre.- Este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre el bien que ejerce el ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, ya identificado, en el vehículo antes descrito en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA