Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, dieciséis de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-001560
ASUNTO: BP12-S-2010-001560


Por cuanto de la revisión del escrito la solicitud de TITULO SUPLETORIO, se evidencia que en el mismo se indica como ubicación del inmueble cuyo titulo se solicita en la Calle Falcón, sector Negro Primero de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui; y siendo que este Tribunal solo tiene competencia en el Municipio Simón Rodríguez, es por lo se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, en consecuencia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA por razón del territorio, y acuerda remitir la presente Solicitud al Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, y así se decide.- Désele salida y remítase con oficio.-

LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
Suplente Especial


LA SECRETARIA

Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.












AMS/Fycg/ra.-