Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, dieciocho de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-000987
ASUNTO: BP12-S-2009-000987
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana MARIA ELVIRA PEREZ DE MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.459.563, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio PEDRO ROSAS MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.408, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a sus expensas con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Cuarta (4ta) Calle Anzoátegui, Sector Casco Viejo, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, cuyos linderos son los siguientes; NORTE: Con Calle Anzoátegui que es su frente, SUR: Con fondo del Colegio Divino Maestro; ESTE: Con casa de Félix Benjamín; y OESTE: Con casa de Betilde Susana Marcano.- El valor invertido es la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00); y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: MARIA OLINDA LEDEZMA y BETILDE SUSASA MARCANO DE MAYORCA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.973.463 y V-3.854.433 y de este domicilio, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejercen la ciudadana MARIA ELVIRA PEREZ DE MARIN, plenamente identificada, sobre las bienchechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA,
Abg. Flor Yesenia Cuesta G.
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