REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintiuno de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-000557
ASUNTO: BP12-S-2010-000557
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana FRANCISCA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V-4.692.953, domiciliada en la Calle Las Trinitarias N° 47, Sector Parque Ferial, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Abg. RAMON SOTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.263, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propio peculio, en una parcela de terreno propiedad Municipal, que mide ONCE METROS CON SETENTA CENTIMETROS (11,70 Mts) de frente, por VEINTICUATRO METROS (24,00 Mts) de fondo; ubicada en la Calle Las Trinitarias N° 47, Sector Parque Ferial, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, la cual se encuentra comprendida dentro de las siguientes linderos: NORTE: Con Calle Las Trinitarias, que es su frente; SUR: Con Luís Rivas; ESTE: Con Maria Quijada; y, OESTE: Con Calle Tres.- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por una casa construida de paredes de bloques de cemento, piso de cemento pulido, techo acerolit y zinc, constante de Dos (2) habitaciones, (2) Baños, y UN (1) Corredor .- El valor invertido es la cantidad de VEINTIDOS MIL BOLIVARES (Bs. 22.000,00), lo que es equivalente a Trescientos Treinta y Ocho Cuatrocientos Sesenta y Un Unidades Tributarias (338,461 U.T.) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos MARLENY JOSEFINA QUIJADA CASTILLO y MARITZA JOSEFINA RODRIGUEZ ORTIZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.474.745 y V-8.470.031, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: FRANCISCA ORTIZ, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.-