REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, cuatro de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-002734
ASUNTO: BP12-S-2009-002734
Vista la solicitud presentada por la ciudadana GLENIS ROSA RODRIGUEZ VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 4.914.561, asistida por la abogada MIRNIA RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.370, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno Municipal, ubicado en la Calle Libertador con Calle feliz Siso Nº 01 del Sector Urbanística 2000, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, siendo la superficie total del terreno de Doscientos Sesenta Metros cuadrados (260 Mts²) alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa de Margledys Guayapero; SUR: Con Calle Félix Siso; ESTE: Con calle Libertador y, OESTE: Con parcela de terreno vacío de Oscar Malave.- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por una casa de una sola planta de bloque, techo de acerolit, piso de cemento, ventanas y protectores de hierro, puertas de hierro y madera, un (01) porche, tres (03) habitaciones, un (01) baño, una (01) sala comedor, una (01) cocina, cercada con bloques de cemento.- El valor invertido es la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos: RONY JOAN RUIZ MALAVE y ZORIEN DEL VALLE CRESPO PETIT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-15.127.777 y V-17.869.237, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana GLENIS ROSA RODRIGUEZ VELASQUEZ, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase
LA JUEZ,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
Suplente Especial
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.
AMS/Fcg/pf