REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintinueve de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : BH06-S-1999-000012
Vista la diligencia de cursante al folio doscientos cuarenta y cinco (245), del presente expediente, presentada por la Fiscal (a) Décima Quinta del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui y el contenido de la misma; en consecuencia la Juez de este Tribunal, DRA SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO, se ABOCA al conocimiento del presente expediente y asimismo se acuerda: PRIMERO: Hacer entrega a la ciudadana CLISA OMAIRA TINEO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 8.438.809, la suma de SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 6.624,oo), para cubrir los siguientes gastos: Pago de cuatro (04) mensualidades vencidas del colegio, inscripción del nuevo año escolar (2009-2010), y para la adquisición de un (01) Equipo de Computador, del adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , de los cuales anexo factura y presupuesto, que será deducida de la cuenta de ahorros N° 0007-0088-63-0010003592 , aperturada en la agencia bancaria Banfoandes.- Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines de que de cumplimiento a lo arriba indicado. Librese el oficio correspondiente.-
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-
LA SECRETARIA,
Abog. LISANDRA FUENTES.-
SSFC/crc.-