REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, SIMON RODRIGUEZ,GUANIPA,JOSÉ GREGORIO MONAGAS

En día de hoy, Cuatro (04) de Junio del año Dos Mil Diez (2.010), siendo las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), se trasladó y constituyó éste Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, al sitio indicado por el Abogado en ejercicio, MARCOS MAESTRE GUADA, inscrito en el Inpreabogado bajo la matricula N° 41.188, quién actúa en su carácter de apoderado de la ejecutante GOVAL, C.A., sitio éste, ubicado en la sede del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui-Extensión El Tigre, situado en la planta baja del Palacio de Justicia de esta ciudad de El Tigre, ubicado en la Avenida Intercomunal El Tigre- San José de Guanipa, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, a los fines de dar cumplimiento a la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, decretada en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMATORIA), formulado por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por la Sociedad Mercantil GOVAL, C.A, a través de apoderados judiciales, contra la Sociedad Mercantil VERAICA, C.A, según Expediente N° BH12-M-2.003.000020.- Presente la ciudadana: Dra. KARELLIS C. ROJAS TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.266.452, quien en su carácter de Juez Temporal del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, fue notificada de la misión a cumplir por éste Tribunal Ejecutor de Medidas.- Acto seguido, y a petición del Abogado MARCOS MAESTRE GUADA, antes identificado, se le requirió a la ciudadana Juez notificada, poner a disposición de este Juzgado Ejecutor de Medidas, el Expediente N° BH12-M-2.002-000028, llevado por el Juzgado a su cargo, quién accedió a lo solicitado y puso a la vista y a disposición de este Juzgado Ejecutor, el Expediente que le fue requerido.- Seguidamente intervino el apoderado actor, Abogado MARCOS MAESTRE GUADA, antes identificado y expuso: En nombre de mi representada GOVAL, C.A, señalo para ser embargada con carácter ejecutivo la suma de CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA BOLIVARES FUERTES CON DICINUEVE CENTIMOS (BS. F. 53.890,19); propiedad de la demandada- ejecutada VERAICA, C.A., que se encuentra relacionada a la causa N° BH12-M-2.002-000028 de la nomenclatura de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui-Extensión El Tigre. Al respecto quiero clarificar que sobre dicha suma de dinero solo pesa en la actualidad medida de embargo preventivo de primer grado, también a favor de mi representado GOVAL, C.A., practicado en fecha 29/10/2009, según se evidencia de Acta de Embargo, por ante el Tribunal Superior Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui-Extensión El Tigre, que copia certificada riela a los folios 221al 225 del referido Expediente N° BH12-M-2.000028; ya que el embargo primigenio que la afectada quedo sin efecto, al haber sido declarada Sin Lugar la demanda que por cobro de BOLIVARES (VÍA INTIMATORIA), siguió la empresa TRANSPORTACIONES Y SOLDADURAS TECNICAS, S.A. (TRASOLTESA), en contra de la ejecutada VERAICA, C.A., según sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Civil de esta Circunscripción Judicial, en fecha 23/03/2009, conformada por el Tribunal Superior Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui-Extensión El Tigre, mediante Sentencia 06/10/2009, dictada en esa causa; y ejecutoriada mediante auto de fecha 18/11/2009, por tal razón y con la finalidad de darle paso y hacer efectiva en este mismo acto la presente medida ejecutiva de embargo, mi representada GOVAL, C.A., renuncia respecto al embargo preventivo de primer grado (el más antiguo) que a su favor también tiene sobre la indicada suma de dinero, al derecho de prelación de embargos que de acuerdo a la antigüedad de los mismos establece el artículo 534 del Código de Procedimiento Civil, y por consiguiente solicito al Tribunal Ejecutor de Medidas, que al momento de decretar el embargo ejecutivo solicitado se sirva requerir de la ciudadana Juez notificada Dra. KARELLIS C. ROJAS TORRES, la emisión y entrega del respectivo cheque a nombre de mi representado GOVAL, C.A., por suma de dinero señalada para ser embargada, ya que la misma se encuentra bajo su custodia depositada en la cuenta corriente llevada por Tribunal a su cargo, según se lee del asiento o nota que aparece inserta al reverso de la carátula del Expediente BH12-2.002-000028.- Seguidamente este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, visto el señalamiento del apoderado judicial de la ejecutante GOVAL, C.A., declara EMBARGADA EJECUTIVAMENTE la suma de dinero señalada anteriormente, equivalente a la cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA BOLIVARES FUERTES CON DIECINUEVE CENTIMOS; (BS. F. 53.890,19); y solicita a la ciudadana Juez notificada Dra. KARELLIS C. ROJAS TORRES, se sirva emitir y entregar al apoderado de la ejecutante el respectivo cheque a nombre de la empresa GOVAL., C.A., por la suma dinero embargada ejecutivamente a la cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA BOLIVARES FUERTES CON DIECINUEVE CENTIMOS (BS.F.53.890,19).-Seguidamente interviene la Dra. KARELLIS C. ROJAS TORRES, Juez Temporal del Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui-Extensión El Tigre, antes identificada y expone: Vista la notificación hecha por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante la cual se notifica a este Tribunal de la practica de la Medida Ejecutiva recaída el Juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, incoado por la empresa GOVAL, C.A., contra la demandada VERAICA, C.A., se deja expresa constancia que en el Expediente signado con el N° BH12-M-2002-028, cuyo numero antiguo es 2002-8504, del Juicio de Cobro de Bolívares Vía Intimatoria, incoado por TRANSPORTACIÓN Y SOLDADURAS TECNICAS, S.A., (TRANSOLTESA), contra la demandada VERAICA, C.A., pesa una Medida de Embargo Preventivo, por la cantidad de Bs. 53.890.190,30; igualmente dejo constancia que en dicho juicio fue dictada Sentencia por este Tribunal de fecha 23/03/2009, declarándose la caducidad de la Acción Cambiaria objeto del presente juicio, no prosperando dicha acción, decretándose la improcedencia de la misma, igualmente dejo constancia expresa que se ejerció Recurso de Apelación sobre la misma, siendo la decidida dicha Apelación por el Juzgado de Alzada, en fecha 06/10/2009, confirmándose la Sentencia dictada por este Tribunal, en la cual se declaró Sin Lugar el Recurso de Apelación, condenándose en Costas del Recurso a la parte apelante perdidosa. Acto seguido el Tribunal expone: Visto el requerimiento hecho por la parte ejecutante, este Tribunal proveerá por auto separado, una vez que conste en autos las resultas de la presente comisión del Tribunal Ejecutor comisionado, se le insta a la parte ejecutante, consignar por ante la URDD, copia certificada de la presente Acta. Es todo. Seguidamente interviene nuevamente el apoderado judicial de la ejecutante GOVAL, C.A., abogado MARCOS MAESTRE GUADA y expone: Pido que se me expidan dos (02) copias certificadas de la presente acta de embargo, para ser agregas a los expedientes Nros. BH12-M-2.002-000028 y BH12-M-2003-000020 de la nomenclatura de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui-Extensión El Tigre; asimismo y por cuanto la suma de dinero embargada no cubre el monto por el cuál se sigue ejecución, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de de la ejecutada VERAICA, C.A., hasta cubrir la totalidad de la deuda a favor de mi representada más las costas de ejecución. Igualmente solicito al Tribunal comisionado, se sirva devolver la presente Comisión con resultas al Juzgado comitente. Es todo.- Seguidamente este Tribunal, visto lo solicitado por la parte ejecutante, en el sentido que se expidan dos (02) copias certificadas de la presente acta de embargo, para ser agregadas a los expedientes Nros. BH12-M-2.002-000028 y BH12-M-2003-000020 de la nomenclatura de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui-Extensión El Tigre; por no ser contrario a derecho lo acuerda de conformidad. Igualmente, visto lo solicitado por el ejecutante, en el sentido devolver la presente Comisión con sus respectivas resultas al Juzgado comitente, por no ser contrario al derecho lo acuerda de conformidad. Es todo. Siendo las diez y cincuenta y cinco minutos de la mañana (10:55 AM), el Tribunal declara cumplida su misión y acuerda el regreso a su sede. Termino, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
EL CO-APODERADO ACTOR
LA NOTIFICADA
EL ALGUACIL
LA SECRETARIA

COMISIÓN: BP12-V-2010-000636
ASUNTO PRINCIPAL: BH12-M-2003-000020