REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
200 ° y 151°
El Tigre, 4 de mayo de 2010
N ° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2009-000522
PARTE ACTORA: JOSE ABREU AREVALO, LUIS EDUARDO PERALES, RAMON CELESTINO CARIMA, ELIESER ANTONIO MARTINEZ, FRAY ROY SUAREZ GUEVARA, RONAL ENRIQUE MATA LOPEZ y LUIS ALFONZO REVELO TISOY
APODERADO DE LA DEMANDANTE: SAUL JIMENEZ
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS C.A., PDVSA GAS, S.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: Por SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS C.A., Abg. FRANCISCO DELGADO y por PDVSA GAS, S.A. Abg. JOSE PALENCIA y CARLOS BARRIOS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO (Art. 130 LOPTRA)
A las 9:00 a.m. del día de hábil de hoy, viernes 4 de junio de 2010, siendo la oportunidad previamente fijada para la instalación de la audiencia preliminar, habiéndole correspondido el conocimiento de la presente causa a este tribunal, por distribución interna realizada por la Coordinación Judicial, en la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentaron los ciudadanos JOSE ABREU AREVALO, LUIS EDUARDO PERALES, RAMON CELESTINO CARIMA, ELIESER ANTONIO MARTINEZ, FRAY ROY SUAREZ GUEVARA, RONAL ENRIQUE MATA LOPEZ y LUIS ALFONZO REVELO TISOY, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad números 8.403.495, 16.163.587, 8.467.844, 11.004.727, 9.818.695, 9.813.567 y 12.969.647, en contra de las sociedades mercantiles SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 15 de diciembre de 1998, anotada bajo el N ° 46, tomo A-70, y PDVSA GAS, S.A., inscrita por ante el Registro de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 26 de junio de 1972, anotada bajo el N ° 60, tomo 74-A, se deja constancia que únicamente se encuentran presentes por la codemandada SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS C.A., el ciudadano CESAR DELGADO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 4.226.595, actuando el carácter de PRESIDENTE, asistido del abogado en ejercicio FRANCISCO DELGADO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N ° 88.267, y en representación de la codemandada PDVSA GAS, S.A., comparecieron los abogados en ejercicio JOSE PALENCIA y CARLOS BARRIOS, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N ° 25.979 y 70.338, representación que se evidencia según poderes que acompañan en este acto, y que los demandantes ciudadanos JOSE ABREU AREVALO, LUIS EDUARDO PERALES, RAMON CELESTINO CARIMA, ELIESER ANTONIO MARTINEZ, FRAY ROY SUAREZ GUEVARA, RONAL ENRIQUE MATA LOPEZ y LUIS ALFONZO REVELO TISOY, no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado alguno a la instalación de la audiencia preliminar, a pesar del llamado del Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 9:00 a.m., por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide un (1) ejemplar adicional a las partes comparecientes al acto. Año 200 º y 151º.
El Juez,
Abg. Unaldo José Atencio Romero
Por SERVICIOS Y PROYECTOS TECNOLOGICOS C.A.,
Por PDVSA GAS, S.A.,
La Secretaria,
Maryedith Hernández
En la misma fecha se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 9:25 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste.
La Secretaria,
UJAR/ua BP12-L-2009-000522
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