REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, 28 de junio de dos mil diez
200º y 151º
N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2008-000354
PARTE ACTORA: BENJAMIN BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 8.465.690
ABOGADO ASISTENTE: GILBERTO AREYAN, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nro. 52.940
PARTE DEMANDADA: PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: ALINDA HERNANDEZ W., Abogada en Ejercicio y de este domicilio e inscrita en el IPSA bajo el Nro. 87.052.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
El presente asunto, se inicia mediante demanda que incoara el ciudadano BENJAMIN BERMUDEZ HERNANDEZ, en contra de la empresa PRECVISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A.; por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales; finalizada la fase preliminar del juicio, previa distribución hecha por la U.R.D.D., fue enviado el presente asunto a este Tribunal, cual le dio entrada, mediante auto de fecha 18 de noviembre de 2009, posteriormente admitió las pruebas promovidas y agregadas por el Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, y fijo la oportunidad para celebrar la audiencia oral de juicio por autos de fechas 25 de noviembre de 2009, respectivamente.
En esta misma fecha, las partes presentaron para su homologación acuerdo transaccional, suscrito por las partes por ante este Despacho en el cual acuerdan satisfacer todos y cada uno de los conceptos demandados, cuales han sido circunstanciados de manera detallada en el acuerdo cumpliendo con las previsiones del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con lo establecido en los artículos 10 y 11 del reglamento de dicha Ley.
Observa el Tribunal, del contenido del acuerdo, que las partes de mutuo cuerdo fijan en la suma de OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 8.435,89), la suma a pagar por la demandada PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A.; cantidad que es pagada en una porción, mediante cheque de gerencia nro. 55100254, girado contra el Banco Mercantil agencia Anaco; de fecha 17 de junio de 2010, a nombre del actor BENJAMIN BERMUDEZ; cuya copia simple se encuentra adherida a los autos; con lo cual se ha dado cumplimiento a lo acordado por las partes en el acuerdo presentado.
En atención a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, con sede en la Ciudad de El Tigre, Homologa el acuerdo transaccional presentado por las partes, en los mismos términos en los cuales fue expuesto.
Se acuerda la entrega del cheque al beneficiario, parte actora en el presente asunto.
Se extiende al acuerdo homologado los efectos de cosa juzgada, se acuerda terminar el presente asunto en el sistema juris 2000, y su remisión al archivo judicial. Así se deja establecido.
Se acuerda expedir dos (2) copias certificadas del acta contentiva del acuerdo transaccional y de la presente resolución.
Déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los veintiocho (28) días del mes de junio de dos mil diez (2010).
El JUEZ TITULAR
ABG. RICARDO DIAZ CENTENO
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ANDREINA TOMASSI
En esta misma fecha, siendo las 11 y 43 minutos de la mañana, se agregó a los autos la anterior sentencia. Conste.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ANDREINA TOMASSI
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