En horas de despacho del día de hoy Martes 22 de Junio del dos mil diez, siendo las nueve (9:00) de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui por la Juez, Dra. Ilmiflor Guevara Lista, la Secretaria Abogada Maury Fuentes Fariñas y la Alguacil Tamara Torres, en compañía y por indicación del Apoderado Judicial de la parte actora ciudadano JOSE CERMEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.852.471, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.892, a los fines de practicar una Medida Preventiva de Secuestro decretada por el Juzgado del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por ACCION REINVINDICATORIA sigue la ciudadana MARIA TRINIDAD NATERA contra los ciudadanos SOLANGEL CANDELARIA MAESTRE LOZANO Y LUIS EDUARDO GARCIA. Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora un inmueble constituido por una casa ubicada en la calle Simón Rodríguez del sector la Candelaria Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui se dieron lo llamados de ley correspondientes y nadie respondió, se observó que la puerta que da acceso a la vivienda se encontraba cerrada, constatándose que en la misma no ha no había nadie. En este estado el Tribunal Ejecutor a los fines de realizar la Medida encomendada designa en este Acto experto cerrajero para abrir la puerta al ciudadano FRAY JOSE NATERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.255.264, quien estando presente acto acepto el cargo sobre el recaído y prestó el juramento de ley correspondiente. Seguidamente interviene el Apoderado Judicial de la parte actora plenamente identificado en autos y exponen: Solicito a este digno Tribunal practique la Medida Preventiva de Secuestro decretada por el Tribunal de la causa sobre el inmueble ubicado en la calle Simon Rodríguez Nº37 del Sector la Candelaria de la ciudad de Cantaura la cual se encuentra fomentada sobre una superficie de terreno constante 115.88metros cuadrados, y cuyos linderos son los siguientes: Norte: Casa que es fue de Rafael Natera; Sur: Con casa que es o fue de Numila Noguera Lovera ; Este: Casa que es o fue de José López la casa colinda con la calle Simon Rodríguez y por el Oeste casa que es o fue de Alicia Natera. Vista la solicitud hecha por el Apoderado Judicial de la parte actora este Tribunal la acuerda de conformidad por ni ser contraria en derecho. En consecuencia, ejecuta Medida Preventiva de Secuestro decretada por el Tribunal de la causa y ordena a el ciudadano FRAY JOSE NATERA abrir la puerta principal que da acceso a el inmueble objeto de la presente Medida de Secuestro con las herramientas idóneas para ello ( Cincel, martillo, etc) . En este estado el Tribunal acceda al inmueble y constata que el mismo se encuentra libre de bienes y personas portal motivo En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le señala la ley ejecuta Medida Preventiva de Secuestro sobre el inmueble ubicado en la calle Simon Rodríguez Nº37 del Sector la Candelaria de la ciudad de Cantaura la cual se encuentra fomentada sobre una superficie de terreno constante 115.88 metros cuadrados, y cuyos linderos son los siguientes: Norte: Casa que es fue de Rafael Natera; Sur: Con casa que es o fue de Numila Noguera Lovera ; Este: Casa que es o fue de José López la casa colinda con la calle Simon Rodríguez y por el Oeste casa que es o fue de Alicia Natera. Acto seguido este Tribunal pone en posesión a la ciudadana MARIA TRINIDAD NATERA, venezolana, mayor, de edad titular de la cédula de identidad Nº 5.998.733, domiciliada en la Ciudad de Cantaura quien fue designada Depositaria Judicial del inmueble de la presente Medida por el Tribunal de la Causa según oficio Nº1980.360-2010 de fecha 14 de Junio del 2010, quien estando presente acepto el cargo, prestó el juramento de ley correspondiente comprometiéndose a cuidar el bien como un buen padre de familia; de acuerdo a lo establecido en el artículo 599 ordinal 7 del Código de Procedimiento Civil. El Tribunal deja constancia que el experto cerrajero cambio las cerraduras y le entrego las llaves a la Depositaria Judicial designada. Este Tribunal para la ejecución de la presente Medida hizo acompañar por Funcionarios adscritos a la Policía del Municipio Freites Inspector OCTAVIO RAFAEL RAMIREZ BOLIVAR y Agente WILLIAN EDGARDO CABALLERO ESPAÑA, titulares de la cédulas de identidad Nros. 12.819.734 y 16.364.107, respectivamente. Es todo. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Freites cumplida su misión declara cerrado el presente acto. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ EJECUTORA TEMPORAL,



EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,


EL EXPERTO CERRAJERO,


LA DEPOSITARIA JUDICIAL,



LOS FUNCIONARIOS ACTUANTES,


LA SECRETARIA,


LA ALGUACIL