REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : BP02-L-2007-000559
PARTE ACTORA: CARMEN LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 4.569.508.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ASDRÚBAL ROMÁN y MAYRA ALEJANDRA MILLÁN MACHADO, Abogados, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 64.432 y 47.110, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PEDRO MARÍA FREITES DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: JUDITH PÉREZ GARCÍA DE CERMEÑO, con cédula de identidad número 9.073.698, en su condición de Síndico Procurador Municipal del ente demandado, según Resolución del Alcalde Número DA-059-2010.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En horas de despacho del día de hoy, nueve (09) de junio de dos mil diez (2010), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora, fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia de juicio en la presente causa intentada por la ciudadana CARMEN LÓPEZ en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PEDRO MARÍA FREITES DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, presidida por la Juez Temporal, Abg. ZORAIDA MEJIA CARVAJAL, la Secretaria Abg. EVELÌN LARA GARCÍA y el Alguacil JOSÉ ANTONIO GUARAPANA, se abre la sesión y se da inicio al acto. La ciudadana Secretaria informa el motivo de la presente Audiencia y deja constancia de la incomparecencia ni por si ni a través de representante legal y judicial alguno de la parte demandante ni de representación alguna de la parte demandada. Seguidamente la Juez informa que la Audiencia de Juicio será grabada a través de un medio de reproducción audiovisual, con una cámara marca SONY, mini DV DCR-HC28, serial Nº 715857, manipulada por el técnico audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción Judicial, ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 11.904.682. Acto seguido, vista la constancia dejada por la secretaria respecto a la no comparecencia de las partes intervinientes en juicio, de conformidad con la disposición contenida en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio incoado por la ciudadana CARMEN LÓPEZ en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PEDRO MARÍA FREITES DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. Se declara concluida la audiencia de juicio. Se ordena la notificación del Síndico Procurador Municipal del referido ente de la presente decisión de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. ZORAIDA MEJÍA CARVAJAL
LA SECRETARIA,
ABG. EVELÍN LARA GARCÍA
EL ALGUACIL,
JOSE GUARAPANA
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