REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 17 de junio de 2010
200º y 151º


ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2009-000285
ASUNTO : BP01-S-2009-000285



Visto escrito presentado por la Abogada Aidamer Arocha Marcano, en su carácter de Defensora de Confianza del Imputado; ROBERT JOSE SANCHEZ VELIZ. Mediante el cual solicita se decrete el archivo de las actuaciones procesales y el cese inmediato de las medidas de coerción personal.

Al respecto se Observa: 1.-Que efectivamente la presente causa se inicia en fecha 24/03/2009, con audiencia de presentación, decretándose medidas cautelares. 2.- En fecha 19/05/2009, según Oficio Nº 460/2009, se Ordena remitir la causa a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Estado a los fines de que presente el respectivo acto conclusivo. 3.- El Oficio fue recibido en fecha 20/05/2009 y a la presente fecha no se ha recibido respuesta del mismo. El artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece: “El Ministerio Público dará término a la investigación en un plazo que no excederá de cuatro meses…”

Una vez revisada la presente causa, mediante el sistema Juris 2000, queda evidenciado que Ministerio Público, no ha presentado el respectivo acto conclusivo, dentro del lapso legal encontrándose la causa aun en la Fiscalía Segunda del Ministerio Público.

En consecuencia vista la solicitud presentada por el Defensor de Confianza, se deja constancia que no consta en el mencionado Sistema Juris 2000, que se haya otorgado la respectiva prórroga a que hace mención el solicitante y se ORDENA; Oficiar al Solicitante como a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público a los fines de que remitan la causa original para poder pronunciarse. Cúmplase.

El Juez de Control Audiencias y Medidas Nº 2
Secretaria

Abg. LUIS MANUEL MANEIRO
Abg. Jeira Salazar.