REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, tres de marzo de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: BH04-X-2010-000011
Sentencia Interlocutoria
DEMANDANTE: NANCY COROMOTO CORREA
DEMANDADO: ROSIRIS DEL CARMEN MAGALLANES ORTIZ
MOTIVO: INHIBICIÓN (Cumplimiento del Contrato y Daños y Perjuicios)
PROCEDENCIA: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de esta Circunscripción.
Vista la Inhibición planteada por la Abogada ADAMAY PAYARES GARCIA, en su condición Juez Provisorio del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de esta Circunscripción Judicial contentivo del juicio de Cumplimiento de Contrato y Daños y Perjuicios, intentado por la ciudadana Nanci Coromoto Correa contra Rosiris del carmen Magallanes Ortiz, basada en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil… “ Por cuanto consta en el Sistema Juris 2000 que por ante este Juzgado se sustancio el asunto Nª BP02-V-20017-001725 contentivo del juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DAÑOS Y PERJUICIOS intentado por la ciudadana NANCI COROMOTO CORREA contra la ciudadana ROSIRIS DEL CARMEN MAGALLANES ORTIZ en el cual se dicto sentencia en fecha 14 de octubre de 2009 donde se declaro PARCIALMENTE CON LUGAR, dicho juicio revocándose la misma en fecha 08 de diciembre de 2009, por cuanto se evidencio que no constaba en autos la notificación de las partes de mi avocamiento como Juez Provisorio de este Juzgado reponiéndose la causa, al estado en que se encontraba antes de dictar dicha decisión, es por ello que habiéndome manifestado mi opinión en este asunto, es por lo que conforme a lo establecido en la causal Nª 15 del articulo 82 del Código de Procedimiento Civil ...” Este Tribunal Superior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 contentivo del juicio por del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR dicha Inhibición por estar fundamentada en la causal legal. En consecuencia, devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal de la causa, para que éste dé cumplimiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo lo cual se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.
El Juez Superior Temporal,
Rafael Simón Rincón Apalmo.
La Secretaria;
Nilda Gleciano Martínez.
Se cumplió lo ordenado en el auto anterior. Mediante oficio N° 0410-70 y constante de Nueve (09) folios útiles. Conste.
La Secretaria;
Nilda Gleciano Martínez.
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