REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de marzo de dos mil diez
199º y 151º

ASUNTO: BP02-R-2005-000718


Vista la anterior diligencia contentiva del DESISTIMIENTO presentado por la Abogada GINA BOCCHINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.904.162, e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 70.985, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora y apelante, ciudadano JUAN MANUEL MARTINI CASAS, identificado en autos, mediante la cual desiste de la Apelación de la sentencia de fecha veintisiete de noviembre del año 2.003, emanada del Juzgado Segundo del Municipio Juan Antonio Sotillo de esta Circunscripción Judicial, en el juicio por DESALOJO DE INMUEBLE, incoado por el ciudadano JUAN MANUEL MARTINI CASAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.378.924, en contra del ciudadano JUAN JOSE CHENNO DEBSILLE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.300.563; el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; igualmente se da por terminado el presente expediente y se ordena remitirlo al archivo Judicial.- Cúmplase.-
La Juez Provisoria,

Abog. Adamay Payares Romero. El Secretario,

Abog. Jairo Daniel Villarroel.