REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, tres de marzo de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-000253
ASUNTO: BP12-S-2010-000253
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana VALESTA LA ROSA DE BOMPART, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.578.828, asistida por el abogada ORLANDO VERACIERTA VIEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 10.741, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad en un terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras, Estado Anzoátegui, la cual abarca un área de Novecientos metros cuadrados (900 00 Mts2), ubicado en la Calle 5-A del Sector Andrés Bello de la ciudad de El Tigre Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terrenos ocupado por las ciudadanas Antonia Quintana Y Elvia Marín; SUR: Con Calle 5-A; ESTE: Terrenos ocupados por la ciudadana Belkis Núñez; y OESTE: Terreno ocupado por el ciudadano Edgar Magallanes, con un área de construcción de Doscientos Siete metros con Cuarenta centímetros (207,40 Mts2);dichas bienhechurías se encuentran conformadas por una vivienda unifamiliar, edificada con paredes de bloques de cemento sin techo y piso de tierra, la cual esta distribuida de la siguiente manera: Cinco (05) habitaciones, Una (01) Sala y dos (02) baños.- El valor invertido es la cantidad de NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 9.000,00); y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: CARLOS DE JESUS ARMAS JIRON y JOSE GREGORIO ORDAZ AGREDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.439.828 y 13.751.698, respectivamente; este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana VALESTA LA ROSA DE BOMPART, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.
LA JUEZ
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA
Abg. FLOR YESENIA CUESTA