REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de marzo de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: BP02-L-2009-000277
SENTENCIA
Vista la diligencia presentada en fecha 17 de Marzo del presente año 2010, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento de este Circuito Judicial de Barcelona, por parte de la Ciudadana CAROLINA ROJAS TORRES, abogada en ejercicio, inscrito en el I. P. S. A Nº 48.651, actuando como apoderado judicial del Ciudadano RICARDO RODRIGUEZ LAVANA, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.487.791, parte actora en la presente causa y de acuerdo con el Poder que le fuera conferido, el cual riela a los autos, en donde DESISTE del procedimiento por cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales en contra de la empresa MULTISERVICIOS GEPS, C.A . De igual forma vista la aceptación del desistimiento por parte de la demandada a través de su Vice-presidente, Ciudadana NANCY AMPARAN, abogada I.P.S.A Nº 63.122, según se evidencia de los autos: Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en Barcelona, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia por aplicación analógica del articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION respectiva para darle el carácter de autoridad pasada en Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los diecinueve (19) día del mes de Marzo del dos mil diez (2010).
El Juez,
Abg. Ángel G. Parra
La Secretaria,
Abg. Maria Carmona.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Abg. Maria Carmona.
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