ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2009-000012
PARTE ACTORA: CRISMARY MAYVI RODRIGUEZ ARIAS. “No compareció”
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Desconocido
PARTE DEMANDADA: PETROCEDEÑO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CAROLINA CARVAJAL.
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.
En el día hábil de hoy uno de marzo de dos mil diez, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, que interpusiere la ciudadana CRISMARY MAYVI RODRIGUEZ ARIAS, en contra de la sociedad mercantil PETROCEDEÑO; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, aún cuando el ciudadano Alguacil procedió a realizar el llamado de Ley a las partes, solo compareciendo la apoderada judicial de la demandada, abogado en ejercicio CAROLINA CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, titular de al cédula de identidad No.8.240.185, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No.94.757, según se evidencia de instrumento Poder el cual consigna en este acto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 199 °.
Se acuerda la notificación del ciudadano Procurador de la República a los fines de Ley, para lo cual se acuerda expedir la copia certificada de la presente resolución. Cúmplase.
La Juez
Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,
Abg. Lourdes C. Romero H.
La compareciente,
Seguidamente y en esta fecha, siendo las 09 :18, a.m., se publico la anterior Resolución. Conste:
La Secretaria,
MJCG/LLCRH.-
|