En horas de despacho del día de hoy Lunes (08) de Marzo de dos mil diez, siendo las nueve (09:00) de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui por la Juez, Dra. Ilmiflor Guevara Lista, la Secretaria Abogada Maury Fuentes Fariñas y la Alguacil Tamara Torres, en compañía y por indicación de la parte actora, Abogado ALEJANDRA CHIRINOS RIVAS, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro. 139.513 a los fines de practicar una Medida Preventiva de Embargo decretada por el Juzgado del Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria) sigue contra DRIFT DE VENEZUELA, S.A..Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora el Departamento Jurídico de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. ubicada en San Tomé, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui se notificó de su misión a la ciudadana Dailyris Medina, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.940.286 de profesión Abogada e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 113.665, quien ocupa el cargo de Asesor Legal de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Me doy por notificada de la presente Medida Preventiva de Embargo decretada por el Tribunal de la Causa. Seguidamente intervienen la parte actora Abogado Alejandra M. Chirinos Rivas y expone: Solicitamos muy respetuosamente a este digno Tribunal Ejecutor de Medidas practique la Medida Preventiva de Embargo decretada por el Tribunal de la causa sobre cualquier cantidad de dinero liquida y exigible, crédito, acreencia existentes o futuras, factura que pudiera tener a su favor la Empresa demandada DRIFT DE VENEZUELA, S.A Rif.J-30435483-5 en la Empresa PDVSA Petróleo S.A. hasta cubrir el monto de NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.937.500,oo) que comprende el monto del capital adeudado mas las costas procesales. Seguidamente interviene la Asesora Legal de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Abogada Dailyris Medina y expone: Me traslade al Departamento de Finanzas y me informaron que NO existen acreencias, cantidades de dinero a favor de la Empresa demandada DRIFT DE VENEZUELA, S.A. en la Empresa P.D.V.S.A, Petróleo, S.A. Seguidamente interviene la parte actora plenamente identificado en la presente acta y expone: En Virtud de la información suministrada por el Departamento de Finanzas de la no existencia de acreencias a favor de la parte demandada DRIFT DE VENEZUELA, S.A, pido a el Tribunal Ejecutor difiera la practica de la presente Medida Preventiva de Embargo para otra oportunidad a los fines de dar cumplimiento a la presente Comisión . En este estado este Tribunal Ejecutor vista la solicitud, planteada por la parte actora, la acuerda de conformidad por no ser contraria a derecho. En consecuencia, difiere la práctica de la presente Medida para otra oportunidad y mantiene la presente Medida en el Tribunal Ejecutor. Es todo. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Freites cumplida su misión declara cerrado el presente acto. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ EJECUTORA TEMPORAL
LA NOTIFICADA
LA PARTE ACTORA
LA SECRETARIA
LA ALGUACIL
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