REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós (22) de marzo de dos mil diez (2010)
199º y 150º
EXPEDIENTE: BP02-L-2009-001151
DEMANDANTE: PETRA JOSEFINA CEBALLOS YAGUARAGUTO
DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO SOCIALISTA FERNANDO PEÑALVER
JUICIO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, veintidós (22) de marzo de dos mil diez, siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por cobro de prestaciones sociales, incoado por la ciudadana PETRA JOSEFINA CEBALLOS YAGUARAGUTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro.V.6.383.620, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SOCIALISTA FERNANDO PEÑALVER., habiendo correspondido por efecto de la doble vuelta la causa, a este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. Se anunció el acto conforme a la Ley, no habiendo comparecido las partes a la audiencia, supuesto que se subsume analógicamente dentro de lo previsto en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, razón por la cual forzoso resulta para este juzgado, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declarar EXTINGUIDO EL PROCESO y así queda establecido. De conformidad con lo pautado en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal se acuerda la notificación del Síndico Procurador del Municipio Fernando Peñalver, mediante oficio y copia certificada de esta actuación. Siendo las 11:25 de la mañana se cierra este acto. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión. Se hacen dos ejemplares de esta acta, uno para el expediente y otro destinado al copiador de audiencias llevado por este Juzgado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal,
Abg. Analy Silvera
La Secretaria,
Abg. Romina vacca.
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