REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : BH01-M-1986-000005
Vista la diligencia que antecede, de fecha 06 de Mayo del 2.010, suscrita por el Abogado ALEJANDRO MACHADO GOMEZ, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 87.795.- Visto Asimismo el desistimiento que hiciera del procedimiento el ciudadano ANTONIO JOSÉ ESPINOZA PULIDO, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.793, en su carácter de apoderado actor, cursante al folio 19 del presente expediente; este Tribunal HOMOLOGA dicho desistimiento en la misma forma, términos y condiciones por ellos expresados, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se toma como sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada, se ordena proveer lo conducente por auto separado conforme a lo solicitado, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente, previa la expedición del oficio solicitado.- Cúmplase.- Así se decide.-
El Juez Temporal,
Abog. Alfredo José Peña.- La Secretaria,
Judith Milena Moreno Sabino
Lrz.-
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