REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.

ASUNTO PRINCIPAL:BP12-M-2010-000056

Vista la anterior demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA), y los recaudos acompañados, provenientes de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal, El Tigre, incoada por la empresa SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS E & F GAS TURBINE, C.A., Sociedad Mercantil, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 19 de julio de 2006, anotada bajo el Nº 36, Tomo A-24, representada por la ciudadana FRANCIA MATILDE SOLE TOCUYO, mayor de edad, venezolana, comerciante, titular de la cèdula de identidad Nº 9.819.291, domiciliada en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, asistida por el abogado ARMANDO TOVAR VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el nº 9.749. contra la empresa AKERE ENERGY, C.A., Sociedad de Comercio, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el Nº 04,Tomo 9-A, de fecha 21 de marzo de 1998, Avenida Peñalver, Jurisdicción del Municipio Simón Rodríguez, El Tigre, Estado Anzoátegui
Este Tribunal antes de proveer sobre la admisión o no de la presente demanda observa:
Se evidencia, de la Gaceta Oficial publicada en fecha 02 de abril del 2009, RESOLUCIÓN N° 2009-0006, que fue suprimida la competencia a los Juzgados de Primera Instancia con Competencia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito en la República para conocer de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia Civil, Mercantil, familia, sin que participen niños niñas y adolescentes, según las reglas ordinarias de la competencia. Asimismo, quedó establecido que los Juzgados de Municipios conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributaria (3.000 U.T) y los Juzgados de Primera Instancia conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía exceda las tres mil unidades tributarias (3.000 U.T). Entendiendo por esta operadora de justicia que la competencia de los Tribunales de Primera Instancia se encuentra a partir de la cantidad de Tres mil Una Unidad Tributaria, es decir de Bs.165.001,00 en adelante por lo tanto, según lo observado en autos la presente demanda fue estimada en la cantidad de CIENTO OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES MIL BOLIVARES (Bs. 108.750,oo), estando dentro de los limites de competencia otorgada a los Juzgados de Municipio, es por lo que este Tribunal se declara incompetente en razón de la cuantía. Y así se decide.
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se declara INCOMPETENTE, para conocer de la presente causa, y acuerda declinar la misma al Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-
Déjese transcurrir cinco (5) días de Despacho para ejercer el derecho de regulación de competencia, de conformidad con el Artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
DADA, FIRMADA y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los dieciocho dìas del mes de mayo del año dos mil diez.- Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL.


Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES

LA SECRETARIA


LAURA PARDO DE VELASQUEZ





LA SECRETARIA


LAURA PARDO DE VELASQUEZ