REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ


Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.

El Tigre, Dieciocho de Mayo de dos mil diez
200º y 151º


ASUNTO: BP12-S-2010-000403


Vista la solicitud presentada por el ciudadano ALEXIS JOSE LUNAR LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.461.975, domiciliado en la Carrera 11 Sur, Sector Pueblo Nuevo Sur de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, Teléfono: 0424-9518487, asistido por la abogada ROXANA REYES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 84.408, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Carrera 11 Sur, Pueblo Nuevo Sur de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad municipal que mide: UN MIL METROS CUADRADOS (1000 Mts2), cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Parcela N° 11, que mide Veinte metros (20 mts); SUR: Carrera 11 Sur, que es su frente que mide Veinte ( 20 mts); ESTE: Parcela N° 12, que mide Cincuenta metros (50 mts) y; OESTE: Parcela N° 10, que mide Cincuenta metros (50 mts). Dichas bienhechurias consta de las siguientes características: Una (01) casa, Un (01) Deposito y Una (01) Fabrica, la casa esta constituida por Tres (03) habitaciones, Dos (02) baños, Un (01) Comedor, Una Sala – Comedor, Un (01) Porche, Una (01) Cocina, cercada con paredones de bloques de cemento, ventanas de hierro, puertas de hierro, piso de cerámica, techo de asbesto y machambrado, techo dominante el de machambrado, para una superficie de construcción de la casa de Diez metros con Veintinueve Centímetros de frente por Once con treinta y Cinco Centímetros de largo o de fondo (10.29 mts de frente x 11.35 mts) de largo, para una superficie de construcción de la casa de Ciento Dieciséis Metros con Sesenta y Nueve centímetros cuadrados (116.79 mts2) El Deposito; constituido por un (01) Cuarto de paredes de bloques de cemento con techo de zinc y puerta de hierro de Dos metros de frente por Tres metros con trece centímetros de fondo o de largo (2 mts x 3.13mts), para una superficie total de construcción del deposito de Seis Metros con Veintiséis Centímetros Cuadrados (6.26 mts2). Y una Fabrica; constituida por un garaje techado con zinc y una construcción de Doce Metros con Veintitrés Centímetros de frente por Diez Metros con Setenta Centímetros Cuadrados (12.23 mts x 10.70mts) con bloques de cemento y techo de zinc, para una superficie total de construcción de la Fabrica, de Ciento Treinta metros con Ochenta y Seis Centímetros Cuadrados (130.86 mts2). El valor invertido es la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (200.000,oo Bs.F.), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanas ROSELIA LUQUEZ FRANCO y DUBRASKA ISABEL PONCE MARCANO, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V-12.968.630 y V-19.437.759, respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ALEXIS JOSE LUNAR LOPEZ, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA.

ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ

Se devuelven constante de Dieciséis (16) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA.

ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.