REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diecinueve de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-002949
ASUNTO: BP12-S-2009-002949
Vista la solicitud presentada por la ciudadana CARMEN TERESA ESCORCHE DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 1.303.438, debidamente asistida por el abogado JOSE GONZALEZ GUILLEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.825, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno Municipal, ubicada en la Avenida Pinto Salinas C/C Calle Girardot, Quinta Nellys, Sector La Charneca, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, siendo la superficie total del terreno de Cuatrocientos Treinta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Centímetros (436,80 Mts²) alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con una parcela de terreno ocupada por el ciudadano Víctor Polleto, midiendo dieciséis metros con setenta centímetros (16,70 mts); SUR: Con la Av. Pinto Salinas, midiendo dieciséis metros con setenta centímetros (16,70 mts); ESTE: Con Taller Gilberto, propiedad de Gilberto González Escorche midiendo veintiséis metros (26 mts); y OESTE: Con Calle Girardot, midiendo veintiséis metros (26 mts).- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por una casa de habitación, construida de bloques de cemento, piso de cemento pulido, techo de acerolit, la cual se encuentra distribuida en cinco (05) habitaciones, dos (02) baños, sala-comedor, cocina, porche corredor y garaje.- El valor invertido es la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos Aníbal José Mata Carballo y Abelardo Enrique Girón Sánchez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 4.002.926 y 4.002.583, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana CARMEN TERESA ESCORCHE DE GONZALEZ, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase
LA JUEZ,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
Suplente Especial
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.
AMS/FCG/PF