REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ


Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintiséis de mayo de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-000712
ASUNTO: BP12-S-2010-000712


SOLICITANTE: IRIS MARIA ALLEN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro: V-5.998.107.-

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-.

Vista la solicitud presentada en fecha 12/03/2010, por la ciudadana: IRIS MARIA ALLEN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro: V-5.998.107, asistida por el abogado QUIAMI BRITO JOSE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.136, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal El Tigre.-
En fecha 13 de Abril de 2010, se admitió la solicitud, y se acordó librar edicto emplazando a todas las personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud.-
En fecha 22 de Abril de 2010, el abogado QUAMI BRITO JOSE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.136 y consignó el edicto publicado,
En fecha 30 de Abril de 2010, se acordó agregar a los autos el ejemplar del periódico donde apareció la publicación.-
En fecha 04 de Mayo de 2010, la Secretaria de este Tribunal, dejó constancia que en esa misma fecha fijó un ejemplar del Edicto en la cartelera del Tribunal.-
En fecha 17 de Mayo de 2010, rindieron su declaración los ciudadanos CARMEN AURORA CEDEÑO y ZORAIDA JOSEFINA GUARAMATA DE CORDOVA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-4.511.869, y V-11.797.777, respectivamente.-
Visto el orden cronológico que antecede esta operadora de justicia, entra a analizar la presente solicitud para decidir:
Dice la solicitante que en fecha 10 de Enero del 2010, en el Hospital Militar Dr. Carlos Arvelo del Distrito Capital, falleció ab-intestato su hijo KENDER ALEXANDER ALLEN, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, Militar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.437.710, lo dice se evidencia del Acta de Defunción acompañada a la solicitud- Que el es su hijo, y que ella es su única heredera, lo que dice se evidencia de la partida de nacimiento acompañada a la solicitud.- Que por cuanto su hijo falleció ab-intestato, y a los efectos de realizar cualquier tipo de tramite con referencia al mismo, razón por la cual acude ante este Despacho fin de que se les declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del extinto KENDER ALEXANDER ALLEN.-
MEDIOS PROBATORIOS
Pruebas Documentales: Acta de defunción, Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano KENDER ALEXANDER ALLEN, las cuales, al no haber sido impugnadas bajo ninguna forma de derecho, se les da pleno valor probatorio de conformidad a lo pautado en el Artículo 1.357 del Código Civil, en concordancia con los Artículos 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Y así se decide.
Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, declara a la ciudadana: IRIS MARIA ALLEN, venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro: V-5.998.107, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del extinto: KENDER ALEXANDER ALLEN, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, Militar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.437.710, y quien falleció Ab-intestato en fecha 10 de Enero del 2010, en el Hospital Militar Dr. Carlos Arvelo del Distrito Capital, y así se decide.-
Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-

LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA.-