REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintisiete de mayo de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-000374
ASUNTO: BP12-S-2010-000374


Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana ALIDAD YSABEL PEREZ MAGALLANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.001.657, asistida por la abogada RICCI RISQUEZ CALZADILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.177, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad en un terreno Municipal ubicado en el Callejón Las Industrias s/n, Sector Las Américas, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, que mide un total de Trescientos treinta y Ocho metros cuadrados con Cuarenta centímetros (338,40 Mts2), aproximadamente, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Indal Balded, midiendo Veintitrés metros cuadrados con Cincuenta centímetros (23,50 Mts2); SUR: María Castillo, midiendo Veintitrés metros cuadrados con Cincuenta centímetros (23,50 Mts2); ESTE: Callejón Las Industrias, midiendo Catorce metros cuadrados con Cuarenta centímetros (14,40 Mts2); y OESTE: Parcela Ocupada, midiendo Catorce metros cuadrados con Cuarenta centímetros (14,40 Mts2); dichas bienhechurías se encuentran conformadas por una vivienda unifamiliar, tipo casa de uso permanente construida de paredes de bloques de cemento, friso liso, techo de Acerolit, piso de cemento pulido, subdividida a su vez de la siguiente manera: Una (01) Sala Comedor, Una (01) cocina, Cuatro (04) habitaciones, Un (01) baño con sus respectivos accesorios.- El valor invertido es la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 30.000,00);y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: LUIS ENRIQUE MICTIL MENA y LOLY ANDREINA FIGUERA CHEREMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.158.692 y v-3.158.692. Este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana YSABEL PEREZ MAGALLANEZ, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.
LA JUEZ


Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA


Abg. FLOR YESENIA CUESTA