REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ


Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, cinco de mayo de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-001187
ASUNTO: BP12-S-2009-001187



Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano ALEXANDER RAFAEL PEREZ FUENTES, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.069.911, asistido por la abogada RICCI RISQUEZ CALZADILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 84.177, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propio peculio, en un terreno propiedad Municipal, ubicado en la Carretera Vía la Bomba, Sector San Francisco de Asís, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, con una Superficie Aproximada de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS (265,32 Mts2), con un área de construcción de DOSCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS ( 204,30 Mts2), cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Carretera Vía La Bomba, midiendo (22,90 Mts2); SUR: Lili Campos, midiendo (20,65+ 5.20 Mts2); ESTE: Flia Fuentes, midiendo (17,05 Mts2); y, OESTE: Lili Campos, midiendo (12,75 Mts2) aproximadamente.- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por un Galpón de uso permanente, construido, friso liso, techo de zinc, piso de cemento, a su vez subdividida de la siguiente manera: Una (1) pieza de bloque en construcción.- El valor invertido es la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bsf. 25.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: ANA ISABEL MARRON MALAVE y ARGENIS LEONARDO BLANCO CHAURAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-14.188.236 y V-20.739.444, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano: ALEXANDER RAFAEL PEREZ FUENTES, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,


Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-


LA SECRETARIA,


Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.