REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, siete de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-002914
ASUNTO: BP12-S-2009-002914
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por los ciudadanos: VICTOR MODESTO SOSA SOSA y FANNY ANTONIA ARAY DE SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-2.745.388 y V-8.477.440, asistidos por la abogada, DETSYS INFANTE MALPICA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.426, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad en un terreno Municipal, el cual abarca un área de Novecientos Setenta y Un metros cuadrados con Cincuenta centímetros (971,50 mts2), ubicado en la Calle 14 Sur, sector Pueblo Nuevo sur, Nº 162 de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, alinderado de la siguiente manera: ; NORTE: Con la casa que es o fue de la señora Milagros Medinas, SUR: Con casa que es o fue del ciudadano Nino Rivas; ESTE: Con casa que es o fue del ciudadano Luís Uricare, que es su fondo, y OESTE: Con calle 14 Sur, que es su frente, con un área de construcción de Doscientos Treinta y Cinco metros cuadrados con Cuarenta y Cinco centímetros (235,45 mts2);dichas bienhechurías se encuentran conformadas por una vivienda unifamiliar, consistente en una casa de habitación de dos (02) niveles, totalmente construida con paredes de bloques de cemento, techo de platabanda y piso de cemento, la cual esta distribuida de la siguiente manera: en la planta baja cuatro (04) habitaciones, cuatro (04) Salas y dos (02) baños, una (01) sala-comedor, una (01) cocina, un (01) corredor, un (01) local y un (01) porche; en la planta Alta, dos (02) apartamentos tipo estudio con una distribución cada uno de: una (01) habitación, una (01) sala-comedor- cocina y un (01) baño techado con láminas de acerolit. Este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejercen los ciudadanos: VICTOR MODESTO SOSA SOSA y FANNY ANTONIA ARAY DE SOSA, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.
LA JUEZ
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA
Abg. FLOR YESENIA CUESTA