REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-L-2009-001013
PARTE ACTORA: ALEXIS JOSE DIAZ ROJAS. titular de la Cedula de Identidad Nº 5.196.440
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GONZALO OLIVEROS y RAINOA MARTINEZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 18.111 Y 91.828 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS DE INGENIERIA Y MANTENIMIENTO C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: CHERRY JACKELINES MAZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 106.441.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA
Hoy, veinticinco (25) de Mayo del 2010, siendo las nueve (09:30 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la misma. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de la presencia de la representación empresarial, a través de su apoderada judicial, según documento poder que riela a los autos, la abogada CHERRY JACKELINES MAZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 106.441. APUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
La apoderada judicial de la demandada.
CHERRY JACKELINES MAZA
La Secretaria
Abg. Ysbeth Milagro Ramírez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:10 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Ysbeth Milagrito Ramírez
|