REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez (10) de mayo de dos mil diez
199º y 151º

Acta de Audiencia (Desistimiento)
ASUNTO: BP02-L-2009-000968
DEMANDANTE: El ciudadano EUDIS MOISES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.013.926.
ABOGADA APODERADA DEL ACTOR: La abogada MARIA GABRIELA QUINTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 98.821.
DEMANDADA: PROTECCIÓN Y SEGURIDAD FAMILIAR (PROSEFA).
ABOGADOS DE LA DEMANDADA: Los abogados BOGART GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.193.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, diez (10) de mayo de 2010, siendo las diez (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, solo se presento la representación judicial de la demandada PROTECCIÓN Y SEGURIDAD FAMILIAR (PROSEFA), el abogado en ejercicio BOGART GONZALEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo el No. 52.193. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151° y 199°.
El Juez,


Abg. Sergio Millán Charles

La Secretaria,

Abg. Noemí Mogna.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:39 a.m. Conste.
La Secretaria,

Abg. Noemí Mogna.