REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
200 ° y 151°
El Tigre, 28 de mayo de 2010
N ° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2010-000063
PARTE ACTORA: RAFAEL ANGEL GONZÁLEZ
APODERADO DE LA DEMANDANTE: LUIS BIAGGI
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y MANTENIMIENTO FABI, C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: SANDRO MARTÍNEZ PERICO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO (Art. 130 LOPTRA)
A las 11:00 a.m. del día de hábil de hoy, viernes 28 de mayo de 2010, siendo la oportunidad previamente fijada para la instalación de la audiencia preliminar, en la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano RAFAEL ANGEL GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 19.629.653, en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS Y MANTENIMIENTO FABI, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N ° 21, tomo A-21, de fecha 21 de marzo de 1997, se deja constancia que únicamente se encuentra presente el apoderado judicial de la demandada SERVICIOS Y MANTENIMIENTO FABI, C.A., abogado en ejercicio SANDRO MARTÍNEZ PERICO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N ° 49.098, representación que se evidencia según poder que acompaña en este acto, y que el demandante ciudadano RAFAEL ANFEL GONZÁLEZ, no compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno a la prolongación de la audiencia preliminar, a pesar del llamado del Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 11:00 a.m., por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide un (1) ejemplar adicional a la parte compareciente. Año 200 º y 151º.
El Juez,
Abg. Unaldo José Atencio Romero
El apoderado de la demandada,
La Secretaria,
Maryedith Hernández
En la misma fecha se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 11:15 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste.
La Secretaria,
UJAR/ua BP12-L-2010-000063
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