REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de
la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : BP02-L-2007-000908
PARTE ACTORA: ÁLVARO GERMAN MORAN, de nacionalidad peruana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. E-84.275.004.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JESUS VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 125.128.
PARTE DEMANDADA: GEOCONSA, C.A., persona jurídica inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda bajo el No. 58, Tomo 199-A-Pro, de fecha 19 de diciembre de 2002.
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA RODRÍGUEZ, CARMEN RUIZ y RUDY OTONIEL MARTINEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 48.634, 81.950 y 80.743, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En horas de despacho del día de hoy, diez (10) de mayo de dos mil diez (2010), siendo las diez y media de la mañana (10:30 a.m.) día y hora, fijada para que tenga lugar la continuación de la audiencia de juicio en la presente causa intentada por el ciudadano ÁLVARO GERMAN MORAN, en contra de la empresa GEOCONSA, C.A.,, presidida por la Juez Temporal, Abg. ZORAIDA MEJIA CARVAJAL, la Secretaria Abg. EVELÌN LARA GARCÍA y el Alguacil TOMAS GUZMAN, se abre la sesión y se da inicio al acto. La ciudadana Secretaria informa el motivo de la presente Audiencia y deja constancia de la incomparecencia ni por si ni a través de representante legal y judicial alguno de la parte demandante ni de la parte demandada. Seguidamente la Juez informa que la Audiencia de Juicio será grabada a través de un medio de reproducción audiovisual, con una cámara marca SONY, mini DV DCR-HC28, serial Nº 715857, manipulada por el técnico audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción Judicial, ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 11.904.682. Se declara concluida la Audiencia de Juicio. Acto seguido, vista la constancia dejada por la secretaria respecto a la no comparecencia de las partes intervinientes en juicio, de conformidad con la disposición contenida en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDO EL PROCESO incoado por el ciudadano ÁLVARO GERMAN MORAN en contra de la sociedad mercantil GEOCONSA, C.A, previamente identificados. Se declara concluida la audiencia de juicio. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. ZORAIDA MEJÍA CARVAJAL
LA SECRETARIA,
ABG. EVELÍN LARA GARCÍA
EL ALGUACIL,
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