REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 18 de mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2010-000279
ASUNTO : BP01-S-2010-000279
Visto escrito presentado en fecha 17-05-2010, por la , por cuanto faltan que realizar diligencias investigativas determinantes para el esclarecimiento de los hechos y así poder presentar el respectivo acto conclusivo.
Al respecto este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control Audiencia y Medidas Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, considerando que las diligencias que aun no se han practicado son de importancia a los fines de que el Ministerio Público pueda presentar el respectivo acto conclusivo en la presente causa y verificándose que efectivamente el escrito fue presentado en el lapso establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal vale decir por lo menos con cinco días de anticipación. Verificándose en la respectiva causa que la audiencia de presentación se realizó el 23-04-2010, venciéndose los treinta días el domingo 23-05-2010, dejándose expresa constancia que el escrito de solicitud de prorroga se presentó en fecha 17-05-2010, dentro del lapso legal. En consecuencia se autoriza la PRORROGA POR EL LAPSO DE QUINCE DIAS. VENCIENDO EL LAPSO EL DIA 07 DE JUNIO DE 2010. Ofíciese al Ministerio Público a la Defensa y al Imputado. Cúmplase.
El Juez de Control Audiencia y Medidas Nº 2
Secretaria
Abg. LUIS MANUEL MANEIRO
Abg. Yulimar Jiménez