REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, tres de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-U-2009-000189
Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha cinco (05) de Octubre de 2009, por el ciudadano JAVIER LEON BLANCO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros 8.497.006, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 46.054 y domiciliado en la ciudad de Anaco del Estado Anzoátegui, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente sociedad mercantil TUCKER ENERGY SERVICES DE VENEZUELA, C.A., con domicilio procesal en la Av. José Antonio Anzoátegui Km 100, Anaco Estado Anzoátegui, e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 19 de Octubre de 1.989, bajo el Nº 31, Tomo A-38; y recibido en este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha dos (05) de Octubre de 2009, en contra de la Resolución N° SNAT-GRT-RNO-DCE-2009-0003661 de fecha 03 de julio de 2009, mediante la cual impone a la contribuyente TUCKER ENERGY SERVICES DE VENEZUELA, C.A., multa por la cantidad de SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (BsF. 62.957,54), e intereses moratorios por la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS CON TRESINTA Y DOS CÉNTIMOS (BsF. 2.736,32), para un total a pagar de SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (BsF.65.693,86), emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas. Este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por el abogado JAVIER LEON BLANCO MÉNDEZ, actuando en su condición de apoderado judicial de la contribuyente TUCKER ENERGY Y SERVICES DE VENEZUELA, C.A., contra la Gerencia Regional de Tributos Internos de Región Nor Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Adscrito al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas; procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los tres (03) días del mes de noviembre del año 2010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
Dr. PEDRO DAVID RAMIREZ PEREZ.
LA SECRETARIA,
ABG. ROSSANA CARREÑO.
Nota: En esta misma fecha (03-11-2010), siendo las 3:30 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
LA SECRETARIA,
ABG. ROSSANA CARREÑO.
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