REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Extensión El Tigre.
El Tigre, quince (15) de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-002962
Vista la demanda interpuesta por la ciudadana YUMILKYS GOMEZ RAUSSEO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-10.082.154, de este domicilio asistida por la abogada YAMILET GUTIERREZ MAURERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 37.515, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES, en contra de la empresa FRESH WATER, C.A., y del ciudadano JOSE GABRIEL HERNANDEZ CAMACHO, en su condición de Presidente de la mencionada empresa, este Tribunal Superior para decidir observa:
En fecha 12 de Noviembre de 2010, se recibió en esta Alzada el presente Asunto Nº BP12-S-2010-002962, contentivo del juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS CONCEPTOS LABORALES, y por auto de fecha 15 del mismo mes y año se admite la demanda, solo a los efectos de interrumpir prescripción.
Del libelo de demanda se observa que se trata de una acción de índole laboral cuya finalidad es obtener el pago de diferencia por prestaciones sociales y demás conceptos laborales por parte de los demandados empresa FRESH WATER, C.A., y el ciudadano JOSE GABRIEL HERNANDEZ CAMACHO, o en su defecto a ello sean condenados por el Tribunal de la causa, de las cantidades señaladas en el escrito libelar.-
Ahora bien, por cuanto este Tribunal carece de competencia para conocer de la presente demanda por razón de la materia, se declara incompetente de conformidad con la Ley, y declina su competencia al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui sede El Tigre.-
DISPOSITIVO.
Cumplidos como han sido los requisitos de ley en el presente asunto, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE por razón de la materia para conocer de la presente demanda, SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre y TERCERO: Remítase el expediente al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui precedentemente indicado en su oportunidad.- Líbrese Oficio.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de esta decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui.- Extensión El Tigre, a los quince (15) días del mes de Noviembre del año 2.010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
El Juez Superior
MEDARDO ANTONIO PAEZ
La Secretaria,
EGLYS VASQUEZ DE VILLARROEL
En la misma fecha de hoy, siendo las diez y dieciocho minutos de la mañana (10:18 a.m.), se dicto y publicó la anterior decisión y se agregó original al ASUNTO: BP12-S-2010-002962.- Conste.
La Secretaria,
EGLYS VASQUEZ DE VILLARROEL
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