REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diez de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-001595
ASUNTO: BP12-S-2010-001595
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARISOL TEOTISTE MAITA, mayor de edad, venezolana Titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.967.958, domiciliada en el Sector Ali Primera, Transversal Uno (1),Número 16,de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por la abogada RICCI RISQUEZ CALZADILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.177, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Sector Ali Primera Transversal Uno (1), de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que consta de CUATROCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON VEINTISEIS CENTIMETROS (440.26Mts),Cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Carolina de Rondón, midiendo Veintinueve metros con Cuarenta centímetros cuadrados,(29.40Mts),SUR: Yusmilda Gómez, midiendo Veintinueve metros con Cincuenta centímetros cuadrados (29.50Mts), ESTE: Parcela ocupada midiendo Catorce metros con Ochenta y cinco centímetros (14.85Mts),OESTE: Transversal Uno (1),midiendo Quince metros con Cero cinco centímetros cuadrados (15.05Mts).Dichas bienhechurías están constituidas por una casa con paredes de bloques de cemento, friso liso, Techo de zinc, piso de cemento pulido, la cual consta de Una (1) Sala-Comedor, Una (1) cocina, tres (3) habitaciones, dos (2) baños con sus respectivos accesorios.-En dicha construcción he invertido la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (BSF.20.000,00), equivalente a TRESCIENTAS SESENTA Y CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS (364 U.T). Y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: YUSSENIER DEL CARMEN JARAMILLO VASQUEZ, y EUSEBIA DE JESUS NAVARRO PEREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números:V-18.131.274,y V-12.680.838, respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARISOL TEOTISTE MAITA.-ya identificada en las bienhechurías antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.
Se devuelven constante de ( ) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA,