REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ


JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI
PODER JUDICIAL
EL Tigre, 17 de Noviembre de 2010
200° y 151°


ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-002202

SOLICITANTE: BERTA GERARDA PERALES DE MORALES, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.907.960 de este domicilio, debidamente asistida por la Abogado DENNYS SILVERA MORALES, titular de la cedula de identidad Nº V-12.677.116, Inscrita en inpreabogado bajo el Nro 100.730, y con domicilio procesal en la Calle 23 Sur, Centro Comercial Rui Car, Planta Alta, Oficina 23, del Sector Pueblo Nuevo Sur de esta ciudad deL El Tigre del Municipio Simón Rodríguez Estado Anzoátegui.-

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-.

Vista la solicitud presentada en fecha 20/09/2010, por la ciudadana BERTA GERARDA PERALES DE MORALES, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.907.960 de este domicilio, en su propio nombre y representación de su progenitora: FRANCISCO ANTONIO MORALES PERALES, GLORIA LETICIA MORALES PERALES, JUANA BAUTISTA MORALES PERALES, ANDRES JOSE MORALES PERALES, ARGENIS JESUS MORALES PERALES, LUIS ENRIQUE MORALES PERALES, RUBEN DARIO MORALES PERALES, ZORAIDA JOSEFINA MORALES PERALES, JOSE RAFAEL MORALES PERALES, CARMEN JOSEFINA MORALES DE SANTAELLA Y ANA MERCEDES MORALES, venezolana, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad números: 5.472.131, 8.457.401, 5.472.130, 10.064.489, 8.972.964, 10.060.679, 8.972.393, 8.461.649, 8.457.411, 5.472.129 y 4.509.204, respectivamente, domiliciados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, y padres de Tres (3) hijos Naturales cuyos nombres son los siguientes: JOSE IRRAEL CABEZA, MARIA MARGARITA ALMEIDA DE DIAZ Y CARMEN JOSEFINA BELISARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad números: 9.119.565, 5.550.536 y 4.939.147 respectivamente domiciliados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Abogada DENNYS SILVERA MORALES, Inscrito en inpreabogado bajo el Nro 100.730, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal El Tigre.-

En fecha Cuatro (04) de Octubre de 2010, se admitió la solicitud, y se acordó librar edicto emplazando a todas las personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud.-

En fecha Veintidós (22) de Octubre de 2010, la ciudadana BERTA GERARDA PERALES, debidamente asistida por la ABG. DENNYS SILVERA MORALES, inscrita en Inpreabogado bajo el Nro 100.730, consignó el edicto publicado, el cual se acordó agregarlo a los autos respectivos.-

En fecha Veintisiete (27) de Octubre de 2010, la Secretaria de este Tribunal, dejó constancia que en esa misma fecha fijó el cartel librado en la cartelera del Tribunal.-

En fecha Nueve (09) de Noviembre del 2010, la Secretaria de este Tribunal dejo constancia que no compareció persona alguna que pudiera ver afectados sus derechos.-

En fecha Once (11) de Noviembre de 2010, rindieron su declaración los ciudadanos LUIS RAMON HERNANDEZ Y CEFERINO JOSE SILVERA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-8.462.401 y V-8.457.125, respectivamente domiciliados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.-
Visto el orden cronológico que antecede esta operadora de Justicia, entra a analizar la presente solicitud para decidir:
Dicen la solicitante que en fecha 16 de Noviembre del año 2010, falleció en la Calle Brisas del Caris, Nº 02 Sector Las 4 Vías de esta Cuidad de El Tigre, Estado Anzoátegui, falleció de Cáncer en la Próstata el ciudadano FRANCISCO MANUEL MORALES, de 76 años de edad, venezolano, casado, comerciante, titular de la cedula d identidad Nº 763.614, natural de El Caldon, Estado Anzoátegui, lo que dice se evidencia del Acta de Defunción acompañada a la solicitud.- Que su legitima madre, la ciudadana ADELINA MORALES, (Fallecida), domiciliada en la Calle Brisas del Caris Nº 02, Sector Las 4 Vías, El Tigre, Estado Anzoátegui, y estaba casado BERTA GERARDA PERALES con lo que dice, se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio acompañada a la solicitud. Que procrearon Once (11) hijos, de nombres FRANCISCO ANTONIO MORALES PERALES, GLORIA LETICIA MORALES PERALES, JUANA BAUTISTA MORALES PERALES, ANDRES JOSE MORALES PERALES, ARGENIS JESUS MORALES PERALES, LUIS ENRIQUE MORALES PERALES, RUBEN DARIO MORALES PERALES, ZORAIDA JOSEFINA MORALES PERALES, JOSE RAFAEL MORALES PERALES, CARMEN JOSEFINA MORALES DE SANTAELLA Y ANA MERCEDES MORALES, venezolana, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad números: 5.472.131, 8.457.401, 5.472.130, 10.064.489, 8.972.964, 10.060.679, 8.972.393, 8.461.649, 8.457.411, 5.472.129 y 4.509.204, respectivamente, domiliciados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, y padres de Tres (3) hijos Naturales cuyos nombres son los siguientes: JOSE IRRAEL CABEZA, MARIA MARGARITA ALMEIDA DE DIAZ Y CARMEN JOSEFINA BELISARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad números: 9.119.565, 5.550.536 y 4.939.147 respectivamente domiciliados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, lo que se evidencia de las acta de Nacimiento acompañadas a la solicitud.-Que por cuanto su padre falleció Cáncer de la Próstata, y a los efectos de cualquier tipo de tramite con referencia al mismo, razón por la cual acuden ante este Despacho fin de que se les declare Únicos y Universales Herederos, del extinto FRANCISCO MANUEL MORALES.-

MEDIOS PROBATORIOS

Pruebas: Documentales: Acta de defunción del ciudadano FRANCISCO MANUEL MORALES , copia certificada del acta de matrimonio y copia fotostática de las Cédulas de Identidad de los ciudadanos: FRANCISCO ANTONIO MORALES PERALES, GLORIA LETICIA MORALES PERALES, JUANA BAUTISTA MORALES PERALES, ANDRES JOSE MORALES PERALES, ARGENIS JESUS MORALES PERALES, LUIS ENRIQUE MORALES PERALES, RUBEN DARIO MORALES PERALES, ZORAIDA JOSEFINA MORALES PERALES, JOSE RAFAEL MORALES PERALES, CARMEN JOSEFINA MORALES DE SANTAELLA Y ANA MERCEDES MORALES, venezolana, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad números: 5.472.131, 8.457.401, 5.472.130, 10.064.489, 8.972.964, 10.060.679, 8.972.393, 8.461.649, 8.457.411, 5.472.129 y 4.509.204, respectivamente, domiliciados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, y padres de Tres (3) hijos Naturales cuyos nombres son los siguientes: JOSE IRRAEL CABEZA, MARIA MARGARITA ALMEIDA DE DIAZ Y CARMEN JOSEFINA BELISARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad números: 9.119.565, 5.550.536 y 4.939.147 respectivamente domiciliados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los referidos ciudadanos, a las cuales, al no haber sido impugnadas bajo ninguna forma de derecho, se les da pleno valor probatorio de conformidad a lo pautado en el Artículo 1.357 del Código Civil, en concordancia con los Artículos 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.
Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: FRANCISCO ANTONIO MORALES PERALES, GLORIA LETICIA MORALES PERALES, JUANA BAUTISTA MORALES PERALES, ANDRES JOSE MORALES PERALES, ARGENIS JESUS MORALES PERALES, LUIS ENRIQUE MORALES PERALES, RUBEN DARIO MORALES PERALES, ZORAIDA JOSEFINA MORALES PERALES, JOSE RAFAEL MORALES PERALES, CARMEN JOSEFINA MORALES DE SANTAELLA Y ANA MERCEDES MORALES, venezolana, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad números: 5.472.131, 8.457.401, 5.472.130, 10.064.489, 8.972.964, 10.060.679, 8.972.393, 8.461.649, 8.457.411, 5.472.129 y 4.509.204, respectivamente, domiliciados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, y padres de Tres (3) hijos Naturales cuyos nombres son los siguientes: JOSE IRRAEL CABEZA, MARIA MARGARITA ALMEIDA DE DIAZ Y CARMEN JOSEFINA BELISARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad números: 9.119.565, 5.550.536 y 4.939.147 respectivamente domiciliados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto: FRANCISCO MANUEL MORALES, quién era venezolano, Mayor de edad, Casado, titular de la Cédula de Identidad Nº 763.614, y quien falleció en fecha 16 de Noviembre del año 2010, falleció en la Calle Brisas del Caris, Nº 02 Sector Las 4 Vías de esta Cuidad de El Tigre, Estado Anzoátegui, y así se decide.-

Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-


LA SECRETARIA

ABG. FLOR YESENIA CUESTA