REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI
PODER JUDICIAL
EL Tigre, 18 de Noviembre de 2010
200° y 151°
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-001788
SOLICITANTE: ANA MARIA LISTA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.798.102 residenciada Calle Principal del Sector Bicentenario de esta ciudad de El Tigre del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Abogada ROXANA REYES BOADA, Inscrita en inpreabogado bajo el Nro 84.408, de este domicilio de la ciudad deL El Tigre del Municipio Simón Rodríguez Estado Anzoátegui.-
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-.
Vista la solicitud presentada en fecha 02/07/2010, por la ciudadana ANA MARIA LISTA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.798.102 residenciada Calle Principal del Sector Bicentenario de esta ciudad de El Tigre del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Abogada ROXANA REYES BOADA, Inscrito en inpreabogado bajo el Nº 84.408, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal El Tigre.-
En fecha Siete (07) de Julio de 2010, se admitió la solicitud, y se acordó librar edicto emplazando a todas las personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud.-
En fecha Veintinueve (29) de Septiembre de 2010, la ciudadana ANA MARIA LISTA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.798.102 residenciada Calle Principal del Sector Bicentenario de esta ciudad de El Tigre del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Abogada ROXANA REYES BOADA, Inscrito en inpreabogado bajo el N° 84.408, consignó el edicto publicado, el cual se acordó agregarlo a los autos respectivos.-
En fecha Diecinueve (19) de Octubre de 2010, la Secretaria de este Tribunal, dejó constancia que en esa misma fecha fijó el cartel librado en la cartelera del Tribunal.-
En fecha Doce (12) de Noviembre del 2010, la Secretaria de este Tribunal dejo constancia que no compareció persona alguna que pudiera ver afectados sus derechos.-
En fecha Diecisiete (17) de Noviembre de 2010, rindieron su declaración los ciudadanos GONZALEZ PERIERA YEFERSON RAFAEL y LALCHAN ERROL ANTONY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-17.870.701 y V-24.227.497, respectivamente domiciliados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.-
Visto el orden cronológico que antecede esta operadora de Justicia, entra a analizar la presente solicitud para decidir:
Dicen la solicitante que en fecha 21 de Mayo del año 2010, falleció en la Calle Principal del Sector Bicentenario de esta Cuidad de El Tigre, Estado Anzoátegui, falleció de Insufiencia Respiratoria Aguda, Bronconeumonía, Enfermedad Broncopulmonar Obstructiva Crónica el ciudadano BRUNO FERSUOCH, de 87 años de edad, natural de Roca Pietore Italia, casado, titular de la cedula d identidad Nº E-80.335.124, lo que dice se evidencia del Acta de Defunción acompañada a la solicitud.- Quien era Hijo de SILVESTRE PERSUOCH y de MARIA MAGDALENA DEL ANTONE, ( Ambos Fallecidos), y estaba casado ANA MARIA LISTA con lo que dice, se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio acompañada a la solicitud. -Que por cuanto su esposo falleció Insufiencia Respiratoria Aguda, Bronconeumonía, Enfermedad Broncopulmonar Obstructiva Crónica, y a los efectos de cualquier tipo de tramite con referencia al mismo, razón por la cual acuden ante este Despacho fin de que se les declare Únicos y Universales Herederos, del extinto BRUNO FERSUOCH.-
MEDIOS PROBATORIOS
Pruebas: Documentales: Acta de defunción del ciudadano BRUNO FERSUOCH, copia certificada del acta de matrimonio y copia fotostática de la Cédula de Identidad de la ciudadana ANA MARIA LISTA, a las cuales, al no haber sido impugnadas bajo ninguna forma de derecho, se les da pleno valor probatorio de conformidad a lo pautado en el Artículo 1.357 del Código Civil, en concordancia con los Artículos 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-
Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a la ciudadana: ANA MARIA LISTA respectivamente domiciliada Calle Principal del Sector Bicentenario en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto: BRUNO FERSUOCH, quién era natural de Rocca Pietore Italia, mayor de edad, Casado, titular de la Cédula de Identidad Nº E-80.335.124, y quien falleció en fecha 21 de Mayo del año 2010, falleció en la Calle Principal del Sector Bicentenario de esta Cuidad de El Tigre, Estado Anzoátegui, y así se decide.-
Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA
ABG. FLOR YESENIA CUESTA