REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, dos de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-M-2009-000221
ASUNTO: BP12-M-2009-000221
Revisada como ha sido la presente causa se observa que por error material, este Tribunal en fecha 01 de junio de 2010, declaró EXTINGUIDA LA INSTANCIA por haber operado la PERENCIÓN del jucio por COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMACIÓN), y por cuanto no habían transcurrido los treinta (30) días para dictar sentencia, es por lo que se deja sin efecto la misma; a los fines de garantizar a las partes el debido proceso, consagrado en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda revocar por contrario imperio la Sentencia en comento y se ordena reponer la presente causa al estado de practicar la Intimación de la parte demandada mediante Carteles de Conformidad con el artículo 650 del Código de Procedimiento Civil.- Y así se decide.-
La Juez,
Abg. Arelis Morillo Sánchez
Suplente Especial
La Secretaria,
Abg. Flor Yesenia Cuesta
AMS/Fycg/ra.-