Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, ocho de noviembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-002724
ASUNTO: BP12-S-2010-002724


SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (HOMOLOGACION CONVENIMIENTO)

MOTIVO: PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL

SOLICITANTES: VIANNELLYS DEL VALLE RONDON ROSAL y WILLIANS ALEXIS SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-11.010.584 y V-11.107.046, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la Abogada ANGELICA CADENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.562.-
Vista la anterior demanda de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal, Extensión El Tigre, por los ciudadanos VIANNELLYS DEL VALLE RONDON ROSAL y WILLIANS ALEXIS SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-11.010.584 y V-11.107.046, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la Abogada ANGELICA CADENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.562, mediante el cual convienen en liquidar y partir dicha comunidad en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: Dos (02) vehículos constituidos: por Una ( 1) Camioneta, Marca: Tata; Placas: AA438EV; Modelo: Índigo S.W, Año de Fabricación: 2007; Año de Modelo: 2008; Serial de Chasis: MAT6032068PL03827; Serial de Motor: A75SI45HSZPB8225; Serial de Carrocería: MAT6032068PLO3827; Tipo: Sport-Wagon; Uso: Particular; Servicio: Privado; Color: Rojo Granate; Numero de Puestos: 5; Numero de Ejes: 2; Peso: 1.140 Kg; Capacidad de Carga: 425 Kg; el vehiculo antes descrito le pertenece a la ciudadana VIANNELLYS DEL VALLE RONDON ROSAL, tal como se evidencia en el Certificado de Origen N° AZ-022322, N° de Registro AZ022322, SEGUNDO: Un (01) automóvil; Marca: Toyota; PLACAS: XIY638; Modelo: COROLA; Año: 1988; Serial de Carrocería: AE829304314; Serial de Motor: 4A1083047; color: Negro; Tipo: Sedan; Uso: Particular; Numero de Puestos:5; Numero de ejes: 2; Tara: 890 Kg; Capacidad de Carga: 5 Puestos, el vehículo antes descrito le pertenece al ciudadano WILLIANS ALEXIS SARMIENTO, como se evidencia en documento de Venta protocolizado ante la Notaria Pública Quinta del Estado Táchira.-
Ambas partes declaran que nada tienen que reclamarse, con motivo de la liquidación de los bienes de la comunidad conyugal.-
El Tribunal para decidir observa:
Constatadas de las actuaciones cursante en autos, que las partes que realizan el Convenimiento tienen legitimación procesal para ello, que además consta en los mismos copia certificada de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, en fecha 26 de Octubre del 2.009, de la cual se desprende la disolución del vínculo matrimonial, que fue consignado mediante escrito de fecha 26 de Octubre de 2.010, y por no existir prohibición legal sobre la materia, ello es suficiente para este Tribunal le de su aprobación.-
Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO formulado y procede como en sentencia pasada con Autoridad de cosa Juzgada conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Expídanse las copias certificadas solicitadas.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala de despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre a los Nueve (09) días del mes de Noviembre del año dos mil Diez. Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-



LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.-