REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 8 de Noviembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2010-001690
ASUNTO : BP01-S-2010-001690
EL JUEZ DE CONTROL Nº 02: DR. LUIS MANUEL MANEIRO
FISCAL 2º DEL M.P.: DRA. BETZI MARTINEZ
IMPUTADO: LUIS ENRIQUE MARTINEZ GONZALEZ
DEFENSOR DE CONFIANZA: DR. LUIS ALEXIS ESTUDILLO ROSAS
SECRETARIA DE SALA: ABG. ALIANNE BASTIDAS

Celebrada, Audiencia de Presentación el 08/11/2010, para oír al imputado de conformidad con lo establecido en los artículos 93 y 94 y siguientes de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia , a solicitud de la Representación Fiscal, mediante el cual pone a la orden de este Tribunal Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, al imputado; LUIS ENRIQUE MARTINEZ GONZALEZ, CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-8.323.216, DE NACIONALIDAD VENEZOLANO, ESTADO CIVIL: CASADO, DE 48 AÑOS DE EDAD, PROFESION: COMERCIANTE. FECHA DE NACIMIENTO: 02-04-1963, LUGAR DE NACIMIENTO: PUERTO LA CRUZ, ESTADO ANZOATEGUI, CON RESIDENCIA EN: RESIDENCIA CERRO AMARILLO, TORRE D, APTO 2-4, TELEFONO: 0426-7819019, de los delitos de VIOLENCIA FISICA y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 42 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana JANETH DEL VALLE MAICABARE RODRIGUEZ, solicitando le sean concedidas MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, previstas en el artículo 256, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal y la aplicación del Articulo 92 de la Ley Especial en su numeral 8, la cual consiste en abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefaciente o psicotrópicas y de abusar del consumo de las bebidas alcohólicas. Y las MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica de sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Asimismo solicitó la aplicación del Procedimiento Especial, establecido en el artículo 94 de la misma Ley, antes de decidir lo solicitado por la Representación Fiscal, observa:

Declaración del imputado ; LUIS ENRIQUE MARTINEZ GONZALEZ, CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-8.323.216, Se le impuso del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del contenido de los artículos 125 y 131 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, Quien manifestó: “Lo que paso realmente fue que ella saco la basura, yo siempre mando a limpiar eso con un señor, yo le dije que la recogiera, que cuando ella terminara de trabajar la sacara, ella después que le dije eso me dijo un par de groserías, le dije que yo sabia que ella era la que llevaba los pantalones de su casa y no su marido, yo no la empujé ni nada, el esposo es un sargento en la Guardia Nacional, se llama Sargento Ronny Bello, por eso ella me dijo que me iba a mandar a fregar, yo nunca he tenido problemas con nadie ahí en el mercado, el hijo de ella también es policía en Poli- Anzoátegui, ella siempre ha tenido problemas con todo el mundo. Es todo.”
Oídas las partes y analizadas como han sido las actuaciones presentadas por la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico, este TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIÓN DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 2, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA decide en los siguientes términos:
Este Tribunal acuerda la LIBERTAD SIN RESTRCCIONES al ciudadano LUIS ENRIQUE MARTINEZ GONZALEZ de conformidad con el articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela debido a que no se le puede atribuir ningún delito. Y a la victima la ciudadana Janeth del Valle Rodríguez la MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 87, numeral 5 y 6 de la Ley Orgánica de sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. ASÍ SE DECIDE.
En consecuencia este Tribunal de Control, Audiencia y Medidas Nº 2 en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Este Tribunal acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano LUIS ENRIQUE MARTINEZ GONZALEZ de conformidad con el artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela debido a que no se le puede atribuir ningún delito.
SEGUNDO: en lo concerniente a solicitud de la vindicta Pública, de aplicar las MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD Consagrado en el articulo 87, numeral 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una libre de Violencia, en su integridad física psicológica, sexual y patrimonial, en procura de salvaguardar los derechos de la Victima y sus familiares, decreta la MEDIDAS DE PROTECCION y SEGURIDAD establecidos en los numeral 6 del articulo 87 de la ley orgánica para el Derecho de las Mujeres a una libre de Violencia, consistente en: 5º) Prohibir o restringir al presunto agresor el acercamiento a la Mujer agredida, en consecuencia, imponer al presunto agresor el acercamiento a la Mujer al lugar de trabajo, de estudio y residencia; y 6º) La prohibición al presunto agresor de ejercer por si o por terceras personas actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida a algún pariente. Se acuerda remitir en su oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalia Segunda del Ministerio Público, a los fines de presentar el correspondiente acto conclusivo de la investigación.
TERCERO: Líbrese oficio al Comando Regional, Nº 07, Destacamento 75 de la Guardia Nacional Bolivariana. Notificar a la victima a los fines de informarle de Medidas de Protección. Diarícese. Regístrese y Publíquese.
EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 2,
DR. LUIS MANUEL MANEIRO
LA SECRETARIA,
ABG. ALIANNE BASTIDAS.-