REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 27 de octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2010-005402
ASUNTO : BP01-P-2010-005402
Por recibido el presente expediente, en esta fecha 19 de Octubre de 2010, procedente de la Unidad de Registro y Distribución de Documentos, donde La Dra. MARINA ROJAS GUEVARA, en su condición de Fiscal Segunda del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, notifica al Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, notifica el Inicio de Investigación en contra de la ciudadana OSCARIS DIOCELINA VASQUEZ VASQUEZ, con ocasión a la denuncia interpuesta por la ciudadana BETILDE DE JESUS FERNANDEZ DE GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 20.359.689, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA y AMENAZA, previstos y sancionados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, notificación que hace de conformidad con el Articulo 76 de la precitada Ley; este Tribunal Séptimo de Control, previamente observa y considera:
En el presente caso, observa esta instancia de control que estamos en presencia de unos delitos de género, tal como lo señala el Articulo 1 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, por esta razón este Órgano Jurisdiccional, declina el conocimiento de la presente causa al Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, y en consecuencia acuerda remitir la remisión de la presente causa. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declina la Competencia al Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui; y SEGUNDO: Se acuerda remitir las presentes actuaciones Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, a los fines de los actos subsiguientes. Regístrese. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ DE CONTROL N° 07
Dr. SALIM ABOUD NASSER
LA SECRETARIA
Abg. MARGOT RODRÍGUEZ